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Order (Auto)March 25, 2009

A- de 2009

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Humberto Antonio Sierra Porto

✓Claimant Mauricio Fabian  Palacio Gonzalez Vs. Fiscalia Octava Delegada De La Unidad Nacional Para La Extincion Del Derecho De Dominio Y Contra El Lavado De Activos (Uncla)

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Topic · hard data
Conflicto De Competencia Entre El Tribunal Superior De De Cartagena –Sala Penal- Y El Tribunal Supeior De Bogota –Sala Penal- Competencia De La Corte Constitucional Para Dirimir Los Conflictos De Competencia En Materia De Tutela. Reietracion Jurisprudencial. Sobre El Particular, Se Reafirmo Que, A Partir Del Auto 170a De 2003, Esta Corporacion Ha Hecho Una Excepcion A La Regla De La Competencia Residual, Y Ha Optado Por Desatar De Manera Directa Los Conflictos De Competencia Suscitados Entre Autoridades Judiciales Que Posean Un Superior Jerarquico Comun. Normas Que Determinan La Competencia En Materia De Tutela. En Suma, Las Unicas Normas Que Determinan La Competencia En Materia De Tutela Son El Articulo 86 De La Constitucion Y El 37 Del Decreto 2591 De 1991. El Decreto Reglamentario 1382 De 2000 Solo Contiene Reglas De Reparto. Jurisprudencia Constitucional Sobre La Posibilidad De Decretar La Nulidad De Un Proceso De Tutela Por Desconocimiento Del Decreto 1382 De 2000. Se Reavivo El Debate Jurisprudencial Al Respecto, Dejando Claro Que La Posicion Adoptada En La Mayoria De Los Casos Recientes Defiende Que Un Juez De Segunda Instancia, So Pretexto De Observar Una Regla De Reparto, No Puede Suspender El Tramite Constitucional Y Omitir, Asi, El Pronunciamiento De Fondo Sobre La Materia. De Todo Lo Anterior, Se Desprendieron Las Siguientes Conclusiones: (I) Un Error De Aplicacion O Interpretacion De Las Reglas De Competencia Contenidas En El Articulo 37 Del Decreto 2591 De 1991 Pueden Llevar Al Juez De Tutela A Declararse Incompetente. Le Corresponde, Entonces, Remitir El Respectivo Expediente. (Ii) Una Equivocacion En La Aplicacion O Interpretacion De Las Reglas De Reparto Del Decreto 1382 De 2000 No Autorizan Al Juez De Tutela A Declararse Incompetente Y, Mucho Menos, A Declarar La Nulidad De Lo Actuado. (Iii) Los Unicos Conflictos De Competencia Que Existen En Materia De Tutela Son Aquellos Que Se Presentan Por La Aplicacion O Interpretacion Del Articulo 37 Del Decreto 2591 De 1991. (Iv) Ninguna Discusion Por La Aplicacion O Interpretacion Del Decreto 1382 De 2000 Genera Conflicto De Competencia, Ni Siquiera Aparente. En Concreto, Se Resolvio Remitir El Expediente Contentivo De La Accion De Tutela De La Referencia Al Tribunal Superior De Cartagena –Sala Penal- Para Que Le De Tramite Y Decida En Forma Inmediata.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Conflicto De Competencia En Tutela Entre Distintas Jurisdicciones
  • Son siempre dentro de la jurisdicción constitucional
Conflicto De Competencia En Tutela
  • Ni la Constitución ni la ley asignan de forma expresa el conocimiento a autoridad alguna
  • Personas no tienen que sufrir la mora por problemas de interpretación de las normas de competencia para conocer de la acción de tutela
  • Conocimiento de la Sala Plena de la Corte Constitucional para evitar demora
  • Reglas jurisprudenciales fundamentales
  • Remisión del proceso al juez a quien se repartió en primer lugar para que decida de forma inmediata
  • Superior jerárquico común
  • Asunción por Corte Constitucional cuando no existe superior jerárquico común
Decreto Reglamentario De Competencia Para Reparto De Accion De Tutela
  • Establece reglas de simple reparto y no de competencia
  • Normas deben ser seguidas obligatoriamente por las oficinas de apoyo judicial
Corte Constitucional
  • Competencia residual para dirimir conflictos de competencia
Analogia
  • El silencio del derecho positivo no puede convertirse en obstáculo insalvable para resolver conflictos de competencia en tutela
Factor Territorial De La Accion De Tutela
  • Competencia del juez del lugar donde ocurrió la vulneración o amenaza de los derechos fundamentales
Juez De Tutela
  • Desde el punto de vista funcional hace parte de la jurisdicción constitucional
10 topics · 16 subtopics · source: case-law reporter's topic index
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. Primero. REMÍTASE el expediente contentivo de la acción de tutela propuesta por Mauricio Fabián Palacio González contra la Fiscalía Octava Delegada de la Unidad Nacional para la Extinción del Derecho de Dominio y contra el Lavado de Activos (UNCLA) al Tribunal Superior de Cartagena -Sala Penal- para que le dé trámite y decida en forma inmediata.
  2. Segundo. Por Secretaría General COMUNÍQUESE al Tribunal Superior de Bogotá -Sala Penal- la decisión adoptada en esta providencia, con el fin de que tenga conocimiento sobre lo aquí resuelto por la Corte Constitucional.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.