A- de 1998
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice José Gregorio Hernández Galindo
✓Claimant Tascon Aguirre Alfredo Y Otro·Respondent Fiscal Seccional 89 De Cali
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Terceros interesados en procedimientos de tutela
- Iniciación de la acción
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Se declaró la nulidad de todo lo actuado en el asunto de la referencia por el Tribunal, incluido el fallo que dicha Corporación profirió el 24 de octubre de 1997.
Toda vez que omitió la notificación a tercero interesado con el fin de asegurar el debido proceso y el derecho de defensa de la eventual afectada con el fallo que profiera el juez constitucional.
En consecuencia, se ordenó notificar al peticionario sobre la existencia del proceso de tutela y las decisiones de mérito que se adopten en el curso del mismo.
De igual forma deberá proceder el Consejo de Estado, en caso de que se surta la segunda instancia.
Se levantó la suspensión de términos.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- Primero. DECLARAR la nulidad de todo lo actuado en el asunto de la referencia por el Tribunal Contencioso Administrativo del Valle del Cauca -Sección Segunda-, incluido el fallo que dicha Corporación profirió el 24 de octubre de 1997.
- Segundo. Con el fin de garantizar el debido proceso y el derecho de defensa, ordénase al Tribunal que notifique a la sociedad "COMPAÑÍA MINERA DAPA S.A." la existencia del proceso de tutela y las decisiones de mérito que se adopten en el curso del mismo.
- De igual forma deberá proceder el Consejo de Estado, en caso de que se surta la segunda instancia.
- Tercero. Esta providencia también deberá ser notificada al actor y a las autoridades demandadas.
- Cuarto. Una vez surtidos los trámites pertinentes, y dentro de los plazos a los que hacen alusión los artículos 86 de la Carta Política y 32 del Decreto 2591 de 1991, profiéranse sentencias de primera y, en su caso, de segunda instancia, y regrese el asunto a esta Sala para que se revisen las decisiones judiciales que se adopten en el curso del proceso.
- Quinto. La declaración de nulidad no afectará la validez de las pruebas ya aportadas al proceso en cualquiera de las instancias y en sede de revisión. Ellas deberán ser tenidas en cuenta al momento de fallar.
- Sexto. Se levanta la suspensión de términos.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.