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DecretoRepealed

Decreto 10 de 1995

por el cual se reestructura el Ministerio de Minas y Energía.

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1Le Corresponde Al Ministerio De Minas Y Energía Ejercer Las Funciones De Regulación, Planeación, Coordinación Y Seguimiento De Todas Las Actividades Relacionadas Con El Servicio Público De Energía Eléctrica, Y, En Consecuencia, Deberá Definir Los Criterios Para El Aprovechamiento Económico De Las Fuentes Convencionales Y No Convencionales De Energía, Dentro De Un Manejo Integral, Eficiente Y Sostenible De Los Recursos Energéticos Del País; Y Promover El Desarrollo De Tales Fuentes Y El Uso Eficiente Y Racional De La Energía Por Parte De Los Usuarios2Créase El Viceministerio De Energía, Que Tendrá A Su Cargo Las Siguientes Funciones: A) Bajo La Dirección Del Ministro, Colaborar En La Formulación De Las Políticas O Planes De Acción Del Subsector De Energía; B) Coordinar El Curso De Los Proyectos De Ley Relacionados Con El Ramo, Para Lo Cual Asistirá Al Ministro En La Elaboración De Tales Proyectos Y En Su Trámite Constitucional Y Coordinar La Atención De Las Citaciones Al Congreso De La República; C) Preparar Los Informes Sobre Planes Y Programas Del Sector De Energía Que Deban Presentarse Ante El Departamento Nacional De Planeación Y Demás Autoridades Públicas; D) Velar, Junto Con Otras Autoridades, Por El Cumplimiento De Los Planes Y Las Disposiciones Sobre Protección, Conservación, Recuperación De Los Recursos Naturales Y Desarrollados Por El Sector Eléctrico; E) Velar Por La Efectiva Aplicación De Los Mecanismos De Participación Comunitaria En El Desarrollo De Las Funciones A Cargo Del Ministerio; F) Suplir Las Faltas Temporales Del Ministro, Cuando Así Lo Decida El Presidente De La República; G) Las Demás Que Le Sean Asignadas Por El Ministro De Minas Y Energía Y Las Disposiciones Legales3Article 34Adiciónase El Artículo 1º Del Decreto 2119 De 1992, Con Los Siguientes Ordinales: Sociedad De Economia Mixta: 95Article 56Article 67El Artículo 3º, Numeral 6º Del Decreto 2119 De 1992 Quedará Así: En Especial, Le Corresponde Velar Junto Con Otras Autoridades, Por El Cumplimiento De Los Planes Y Las Disposiciones Sobre Protección, Conservación, Recuperación, De Los Recursos Naturales Y Ambientales Que Sean Utilizados En Los Proyectos Desarrollados Por El Sector Eléctrico8Article 89Article 910Article 1011Article 1112Article 1213Article 1314Article 1415Article 1516Article 1617Article 1718Article 1819Article 1920Article 2021Article 2122Article 2223Article 2324Article 24
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