DecretoIn force
Decreto 991 de 1946
por el cual se delega en el Fondo de Fomento Municipal el manejo de la partida apropiada en el artículo 535, Capítulo 47, del Presupuesto ordinario vigente.
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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1El Ministerio De Trabajo, Higiene Y Previsión Social, Entregará Al Fondo De Fomento Municipal, Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, La Suma De Cincuenta Y Ocho Mil Cuatrocientos Ochenta Y Cinco Pesos Con Veintinueve Centavos ($ 582La Suma Que Por Medio Del Artículo Anterior Se Entregará Al Fondo De Fomento Municipal Con Destino Al Acueducto Y Alcantarillado De Leticia, Quedará A Órdenes Del Ministerio De Trabajo, Higiene Y Previsión Social, Y Se Invertirá En La Adquisición De Equipos Y Elementos De Importación Necesarios Para Esas Obras Y En La Ejecución De Los Trabajos Que Sean Del Caso, Bien Por Administración Directa O Por Medio De Contratos, Dentro De La Reglamentación Establecida Por La Junta Directiva Del Expresado Fondo
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