DecretoVigencia En Estudio
Decreto 756 de 1976
Por el cual se dictan medidas relacionadas con la conservación del orden público y su reestablecimiento
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
6articles
0arts. reviewed
0rulings
0struck down
01
Constitutional review history
No constitutional review of this provision is recorded in the Constitutional Court graph.
02
Read all articles as a bookArticles
1En Las Investigaciones Que Se Adelanten Por Los Delitos De Secuestro, Asociación Para Delinquir, Infracción Al Estatuto Nacional De Estupefacientes O Delitos Conexos Con Ellos, La Indagatoria Deberá Recibirse A La Mayor Brevedad Posible, Dentro De Los Seis Días Siguientes A Aquél En Que El Capturado Haya Sido Puesto A Disposición Del Juez2Terminada La Indagatoria O Vencido El Término Señalado En El Artículo Anterior, La Situación Del Aprehendido Deberá Definirse A Más Tardar Dentro De Los Diez Días Siguientes, Decretando La Detención Preventiva, Si Hubiere Pruebas Que La Justifiquen, U Ordenando Su Libertad Inmediata3Los Términos Previstos En Los Artículos Anteriores Se Aumentarán Hasta En Otro Tanto Si Hubiere Más De Dos Capturados En El Mismo Proceso Y La Aprehensión Se Hubiere Realizado En La Misma Fecha4Los Directores De Los Establecimientos Carcelarios Solo Podrán Hacer Uso Del Derecho Que Le Confiere El Artículo 438 Del Código De Procedimiento Penal, Para Poner ; En Libertad A Las Personas Capturadas, Una Vez Vencido El Término Señalado En Este Decreto Para Resolver La Situación Jurídica5Para Efectos De Lo Dispuesto En Este Decreto Se Suspenden Las Normas Del Código De Procedimiento Penal, Código De Justicia Penal Militar Y Demás Disposiciones Legales Que Regulan Esta Materia En Cuanto Le Sean Contrarias6Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Comuníquese Y Cúmplase
03
Signatories
National Government
- Alfonso Lopez MichelsenPresidente de la República
- Cornelio ReyesEl Ministro de Gobierno
- Indalecio Liévano AguirreEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Samuel Hoyos ArangoEl Ministro de Justicia
- Abraham Varón ValenciaEl Ministro de Defensa Nacional
- Rafael Pardo BuelvasEl Ministro de Agricultura
- Haroldo Calvo NúñezEl Ministro de Salud Pública
- Jorge Ramírez OcampoEl Ministro de Desarrollo Económico
- María Elena De CrovoEl Ministro Trabajo y Seguridad Social
- Jaime García TarraEl Ministro de Minas y Energía
- Hernando Duran DussánEl Ministro de Educación Nacional
- Fernando Gavina CadavidEl Ministro de Comunicaciones