Decreto
Decreto 682 de 2018
por el cual se sustituye el CapÃtulo 3 del TÃtulo 2 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto número 780 de 2016, Ã?nico Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, en relación con las condiciones para la autorización de funcionamiento, habilitación y permanencia de las entidades responsables del aseguramiento en salud.
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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1Sustitúyase El Capítulo 3 Del Título 2 De La Parte 5 Del Libro 2 Del Decreto Número 780 De 2016, Único Reglamentario Del Sector Salud Y Protección Social, El Cual Quedará Así: “capítulo 3 Autorización De Funcionamiento Y Habilitación De Las Entidades Responsables De La Operación Del Aseguramiento En Salud2Plazos Para La Reglamentación3Transición4Vigencia Y Derogatorias
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Signatories
National Government
- Juan Manuel Santos CalderónEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las contenidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, en los artículos 154, 180 y 227 de la Ley 100 de 1993; 42 numerales 42.3, 42.5 y 42.10 de la Ley 715 de 2001 y 58 de la Ley 1438 de 2011, y
- Alejandro Gaviria UribeEl Ministro de Salud y Protección Social
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