DecretoIn force
Decreto 2205 de 1916
Por el cual se reforman algunas disposiciones del Decreto 814 de 1915
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
4articles
0arts. reviewed
0rulings
0struck down
01
Constitutional review history
No constitutional review of this provision is recorded in the Constitutional Court graph.
02
Read all articles as a bookArticles
1Sólo Serán Oficinas Pagadoras, Además De La Tesorería General De La República, Las Administraciones De Hacienda Nacional, Como Subordinadas De Ella; Los Consulados En Liverpool Y Nueva York, Que Con Este Fin Se Asimilan A Administraciones De Hacienda, Y Las Administraciones De Lazaretos2Las Oficinas Nacionales Recaudadoras Y Las Administraciones De Hacienda Continuarán Enviando A La Dirección De La Contabilidad General De La República, En Los Diez Primeros Días De Cada Mes, El Dato Telegráfico Y Pormenorizado Sobre El Producto Bruto En El Mes Anterior De Cada Una De Las Rentas Cuyo Recaudo Les Está Señalado, Y A La Tesorería General, Por Correo, El Estado De Caja Del Mes Anterior; Y Seguirán Enviando Por Telégrafo A La Tesorería, El Viernes De Cada Semana, El Dato De La Existencia Que Tengan Disponible Y De Lo Pendiente De Pago3Todos Los Consulados De La República En Europa Estarán Subordinados Al De Liverpool Para Los Efectos Fiscales, Y Todos Los De América Al De Nueva York, Excepto El De Manaos, Que Se Asimila A Administración De Hacienda Y Estará Subordinado Directamente A La Tesorería General De La Republica4Quedan Reformados Los Artículos 8
03