DecretoIn force
Decreto 1800 de 2009
por medio del cual se regulan las condiciones de operación del ahorro programado de largo plazo de que trata el artículo 40 de la Ley 1151 de 2007 y el artículo 2° de la Ley 1250 de 2008.
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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Constitutional review history
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02
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1Campo De Aplicación2Cuentas De Ahorro Programado De Largo Plazo3Afiliación Unica Electrónica4Procedimiento5Monto Y Periodicidad Del Ahorro6Incorporación Al Régimen Subsidiado Del Sistema General De Seguridad Social En Salud7Teniendo En Cuenta Que Lo Reglamentado Por El Presente Decreto Se Refiere A Un Programa Social Complementario, Las Disposiciones Aquí Consignadas No Hacen Parte Del Sistema General De Pensiones8Vigencia
03
Signatories
National Government
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en desarrollo de lo previsto en el artículo 40 de la Ley 1151 de 2007 y del 2° de la Ley 1250 de 2008 y de lo previsto en los numerales 11 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política
- Oscar Iván Zuluaga EscobarEl Ministro Hacienda y Crédito Público
- Diego Palacio BetancourtEl Ministro de la Protección Social