DecretoIn force
Decreto 1542 de 1998
por medio del cual se dictan reglas en relación con la destinación de las transferencias de la Nación a las entidades territoriales para el sector salud.
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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01
Constitutional review history
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02
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1De Conformidad Con Los Artículos 356, 357 Y 359 De La Constitución Política, Las Participaciones Establecidas En La Constitución Y En La Ley En Favor De Las Entidades Territoriales Con Destino Al Sector Salud, Tienen Una Destinación Específica2Las Operaciones De Crédito Público Que Celebren Las Entidades Territoriales Con Cargo A Los Recursos De Los Fondos De Salud Sólo Podrán Destinarse A Financiar Gastos De Inversión En El Mismo Sector3Las Operaciones De Crédito Y Las Garantías A Que Hace Referencia El Presente Decreto Deberán Registrarse En El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, En La Forma Y Condiciones Establecidas En Las Disposiciones Vigentes4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03
Signatories
National Government
- Ernesto Samper PizanoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, en concordancia con la Ley 358 de 1997
- Antonio J. UrdinolaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- María Teresa Forero De SaadeLa Ministra de Salud