DecretoIn force
Decreto 1291 de 1937
Por el cual se dictan algunas medidas de sanidad vegetal
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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1° Las Disposiciones Emanadas De La Jefatura De Sanidad Vegetal Del Ministerio De Agricultura Y Comercio Y De La Dirección De La Granja Experimental De Armero, En Relación Con El Cultivo Del Algodón, Se Consideran Como De Policía E Higiene Pública En Los Departamentos De Cundinamarca Y Tolima2° Los Gobernadores De Los Citados Departamentos Establecerán La Más Estricta Vigilancia, Por Medio De Las Autoridades De Sus Respectivas Jurisdicciones, A Fin De Que Las Medidas Sanitarias Dictadas En Desarrollo Del Artículo Anterior Se Cumplan Debidamente3° Dentro De Sus Respectivos Territorios Los Gobernadores De Cundinamarca Y El Tolima Sancionarán Las Infracciones A Las Medidas Sanitarias De Que Trata Este Decreto Con, Multas Sucesivas De Cien A Doscientos Pesos, Hasta Que El Cultivador Renuente Se Someta A Las Disposiciones Mencionadas O Proceda A La Total Destrucción De Sus Plantaciones4° Recibida Por El Gobernador Una Queja De Las Autoridades Locales O De Los Inspectores De Sanidad Vegetal, Procederá Dentro De Las Cuarenta Y Ocho Horas Siguientes A Imponer La Sanción De Que Trata El Artículo Anterior5° Para Los Efectos De Este Decreto Adscríbense Funciones De Inspectores De Sanidad Vegetal Al Director De La Granja Experimental De Armero Y A Los Agrónomos Nacionales Y Departamentales Del Tolima Y Cundinamarca
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