º . Docentes . Las personas que desarrollan labores académicas directa y personalmente con los alumnos de los establecimientos educativos en su proceso enseñanza aprendizaje se denominan docentes. Estos también son responsables de las actividades curriculares no lectivas complementarias de la función docente de aula, entendidas como administración del proceso educativo, preparación de su tarea académica, investigación de asuntos pedagógicos, evaluación, calificación, planeación, disciplina y formación de los alumnos, reuniones de profesores, dirección de grupo, actividades formativas, culturales y deportivas, atención a los padres de familia y acudientes, servicio de orientación estudiantil y actividades vinculadas con organismos o instituciones del sector que incidan directa o indirectamente en la educación.
Decreto 1278 de 2002 →In force
Article 5
Decreto 1278 de 2002 · por el cual se expide el Estatuto de Profesionalización Docente.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
2 rulings reviewed it
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
- 2003C-403/03Constitutional review · «Parcial.»DECLINED TO RULE
- 2003C-895/03Constitutional reviewUPHELD
2 rulings · source: the operative part of each ruling