Revocatoria de pensiones reconocidas irregularmente. Los representantes legales de las instituciones de Seguridad Social o quienes respondan por el pago o hayan reconocido o reconozcan prestaciones económicas, deberán verificar de oficio el cumplimiento de los requisitos para la adquisición del derecho y la legalidad de los documentos que sirvieron de soporte para obtener el reconocimiento y pago de la suma o prestación fija o periódica a cargo del tesoro público, cuando quiera que exista motivos en razón de los cuales pueda suponer que se reconoció indebidamente una pensión o una prestación económica. En caso de comprobar el incumplimiento de los requisitos o que el reconocimiento se hizo con base en documentación falsa, debe el funcionario proceder a la revocatoria directa del acto administrativo aun sin el consentimiento del particular y compulsar copias a las autoridades competentes.
Ley 797 de 2003 →In force
Article 19
Revocatoria De Pensiones Reconocidas Irregularmente
Ley 797 de 2003 · por la cual se reforman algunas disposiciones del sistema general de pensiones previsto en la Ley 100 de 1993 y se adoptan disposiciones sobre los Regímenes Pensionales exceptuados y especiales.
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4 rulings reviewed it1 conditionally upheld
01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
- 2003C-835/03Constitutional review · «Numeral 4»UPHELD· conditionally
- 2003C-836/03Constitutional reviewESTARSE A LO RESUELTO
- 2003C-1094/03Constitutional reviewESTARSE A LO RESUELTO
- 2004C-282/04Constitutional reviewESTARSE A LO RESUELTO
4 rulings · source: the operative part of each ruling