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Artículo 67

De Conformidad Con Las Facultades Que Consagran Las Leyes 46 De 1939, 85 De 1946 Y El Artículo 5° Del Decreto Legislativo 1567 De 1942 Y El Decreto Ejecutivo 722 De 1947, El Instituto Podrá Emitir Bonos Con Destino A La Financiación De La Campaña De Mejoramiento De Viviendas Popular Urbana Y Rural, Y Cada Emisión Necesitará, Además De La Autorización De La Junta Directiva Del Instituto, La Aprobación Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público

Decreto 1510 de 1947 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto de Crédito Territorial

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De conformidad con las facultades que consagran las Leyes 46 de 1939, 85 de 1946 y el artículo 5° del Decreto legislativo 1567 de 1942 y el Decreto ejecutivo 722 de 1947, el Instituto podrá emitir bonos con destino a la financiación de la campaña de mejoramiento de viviendas popular urbana y rural, y cada emisión necesitará, además de la autorización de la Junta Directiva del Instituto, la aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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