JurídicoESEN

Artículo 27

El Instituto Podrá Construir Por Su Propia Cuenta, Barrios Populares Modelos, Para Vender O Para Alquilar Las Casas A Los Trabajadores O A Las Personas De La Clase Media Económica, De Acuerdo Con Las Normas Legales Pertinentes

Decreto 1510 de 1947 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto de Crédito Territorial

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Instituto podrá construir por su propia cuenta, barrios populares modelos, para vender o para alquilar las casas a los trabajadores o a las personas de la clase media económica, de acuerdo con las normas legales pertinentes. Igualmente podrá construir el Instituto edificios colectivos para dar en arrendamiento a los mismos trabajadores, empleados o personas de la clase media económica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1510 de 1947