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Artículo 37

En

Decreto 315 de 1945 · Por el cual se aprueban los Estatutos del Instituto Nacional de Abastecimientos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En .caso necesario, la Junta Directiva del Instituto Nacional de Abastecimientos podrá proponer a la del Banco de la .República la designación de un Subauditor para períodos iguales a las del Auditor, que empezarán a contarse en la misma forma y con idénticas modalidades a los de éste.

Parágrafo 1

El Subauditor será un empleado permanente del Instituto Nacional de Abastecimientos dependiente del Auditor, y colaborará con éste en todas las labores propias de su ramo.

Parágrafo 2

Podrá el Auditor señalarle funciones al Subauditor en forma permanente o transitoria y delegarle algunas de aquéllas con la aprobación de la Junta Directiva.

Parágrafo 3

En las ausencias temporales, accidentales o absolutas, el Subauditor reemplazará al Auditor con las mismas facultades y deberes a éste asignados, mientras el Banco de la República hace nuevo nombramiento ,si fuere el caso. CAPITULO VII Inspección y vigilancia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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