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Sentencia de Tutela20 de agosto de 2003

T-720 de 2003

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

✓Demandante Jorge Arturo Galindo Vs. Iss Y Otra

✓
Tema · dato duro
Derecho De Peticion Y Seguridad Social. Solicitud Reconocimiento Pension De Jubilacion. Respuesta De Fondo. Regimen De Transicion. Competencia Para Reconocer Y Pagar. Decreto 2527 De 2000. Ccv. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

3 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado
  2. Cuarto. Laboral del Circuito de Cali y el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santiago de Cali. En consecuencia, CONCEDER la tutela por violación del derecho de petición en conexidad con el derecho a la seguridad social.
  3. Segundo. Para el cumplimiento de la tutela que se concede, se ordena que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta demanda, la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca, deje sin efectos las resoluciones 005 de febrero 7 de 2003 y 068 de febrero 18 de 2003 y en el término de cuatro (4) meses, contados a partir de la notificación de la presente sentencia, de conformidad con la parte motiva de esta sentencia, resuelva de fondo la petición sobre reconocimiento de la pensión del accionante.
  4. Tercero. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
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La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
← cita a 16la citan 2 →T-720/03T-377/00 — Derecho De Peticion Y Defensa. Debido Proceso. Presentacion Del Escrito De Excepciones Previas Ante Juez Que No Era Competente Para Recibirl · citada 384 vecesT-377/002000T-307/99 — Der. De Peticion. Habeas Data. Der. A La Igualdad. Inclusion De Datos Del Interesado En El Banco De Datos Del Sisben. Concedida. · citada 259 vecesT-307/991999T-294/97 — Der. De Peticion. Pronta Resolucion De Recursos. Reconoc. De Pension. Prestacion De Servicios Medicos. Medio De Defensa Judicial. Concedida · citada 250 vecesT-294/971997T-457/94 — Debido Proceso. Accion De Nulidad Y Restablecimiento Del Derecho. Tutela Transitoria. Adulteracion De Contador De Luz. Concedida. · citada 231 vecesT-457/941994T-1089/01 — Derecho De Peticion. Solicitud Informacion De Los Requisitos Para Acceder A La Pension De Invalidez Respuesta Clara Y Oportuna. Silencio Adm · citada 151 vecesT-1089/012001T-1006/01 — Derecho De Peticion. Solicitud Pago De Mesadas Pensionales A Conyuge Superstite E Hijos. Respuesta Clara Y Oportuna. La Previsora S.A. Conce · citada 110 vecesT-1006/012001SU.166/99 — Actividad Bursatil. Bloqueo Economico. Lista Clinton. Negada. · citada 106 vecesSU.166/991999T-001/03 — Derecho De Peticion Y Debido Proceso. Solicitud Reconocimiento Pension De Jubilacion. Respuesta Clara Y Oportuna. Cuatro Meses Para Resolver · citada 75 vecesT-001/032003T-814/05 · citada 85 vecesT-814/052005T-1183/03 — Pension De Jubilacion. Derecho De Peticion Y Seguridad Social. Solicitud De Reconocimiento Y Pago De La Pension De Jubilacion Corresponde A · citada 4 vecesT-1183/032003
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.