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Sentencia de Tutela4 de octubre de 2017

T-614 de 2017

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

✓Demandante Maria Torcoroma Alvernia Lobo·Demandado Optimizar Servicios Temporales S.A. En Liquidacion

✓
Tema · dato duro
Estabilidad Laboral Reforzada De Personas Que Ocupan Empleos De Caracter Temporal.
01

Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Para Pago De Prestaciones Sociales
  • Reiteración de jurisprudencia sobre requisitos de procedencia excepcional
Estabilidad Laboral Reforzada De Personas Que Ocupan Empleos De Caracter Temporal
  • Orden a Empresa reintegrar a trabajadora a un cargo donde pueda seguir desempeñando sus labores de acuerdo con las recomendaciones hechas por su médico tratante
6 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La vulneración de derechos fundamentales por parte de la accionada se atribuye a la decisión de dar por terminado unilateralmente el contrato de trabajo suscrito con la actora, sin previo aviso, sin justa causa y sin autorización del Ministerio de Trabajo, a pesar de que para la fecha del despido se encontraba incapacitada.

Se analizan los siguientes temas: 1º.

Procedencia de la acción de tutela para el reintegro y pago de prestaciones sociales. 2º.

El régimen jurídico de las empresas de servicios temporales, los trabajadores en misión y las empresas usuarias.

Reiteración de jurisprudencia. 3º.

Principio de primacía de la realidad sobre las formas y, 4º.

La estabilidad laboral reforzada.

Se CONCEDE la tutela como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (9 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la Sentencia proferida por el Juzgado
  2. Segundo. Promiscuo de Familia de Pamplona (Norte de Santander), el 9 de febrero de 2017, por medio de la cual nego el amparo y, por ende, revoco el fallo proferido por el Juzgado
  3. Primero. Civil Municipal de Pamplona (Norte de Santander), que mediante providencia del 18 de enero de 2017, lo habia reconocido. En su lugar, CONCEDER la accion de tutela como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable, en procura de la proteccion de los derechos fundamentales al trabajo, a la estabilidad laboral reforzada, a la seguridad social, al minimo vital y a la salud de la senora Maria Torcoroma Alvernia Lobo..
  4. SEGUNDO. DECLARAR la existencia de un contrato laboral entre la accionante Maria Torcoroma Alvernia Lobo y la Empresa de Servicios Postales Nacionales S.A
  5. TERCERO. En consecuencia, ORDENAR a la Empresa de Servicios Postales Nacionales S.A. que, en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de este fallo, proceda a realizar las gestiones necesarias para reintegrar a la accionante a un cargo de igual o superior categoria, donde pueda seguir desempenando sus labores de acuerdo con las recomendaciones hechas por su medico tratante, atendiendo a su estado de salud, tramite que no podra exceder de quince (15) dias calendario.
  6. CUARTO. ORDENAR a la Empresa de Servicios Postales Nacionales S.A. que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificacion de la presente sentencia, proceda a realizar las gestiones necesarias para cancelar los salarios y prestaciones sociales a la senora Maria Torcoroma Alvernia Lobo desde el momento en que fue desvinculada de sus labores hasta el reintegro a una nueva actividad, tramite que no podra exceder de quince (15) dias calendario.
  7. QUINTO. ADVERTIR a la accionante que dispone de un termino maximo de cuatro (4) meses, siguientes a la notificacion de esta sentencia, para presentar la respectiva demanda ante la jurisdiccion ordinaria laboral, so pena de la perdida de los derechos conferidos en esta providencia.
  8. SEXTO. DECLARAR IMPROCEDENTE el pago de la indemnizacion prevista en el articulo 26 de la Ley 361 de 1997, por las consideraciones expuestas en esta providencia.
  9. SEPTIMO. LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
← cita a 38la citan 12 →T-614/17T-225/93 — Acciones Populares. Acueducto De Nariño (C/Marca). Provision De Agua Potable. Negada. · citada 1.353 vecesT-225/931993T-1316/01 — Derecho A La Igualdad. Solicitud Incremento De Mesadas Pensionales. Tutela Como Mecanismo Transitorio. Perjuicio Irremediable Y Sujetos De E · citada 672 vecesT-1316/012001C-531/00 — Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada Del Discapacitado. Indemnización Por Despido O Terminación Como Sanción Adicional · citada 351 vecesC-531/002000T-198/06 · citada 312 vecesT-198/062006T-983/01 — Derecho Al Debido Proceso E Igualdad. Desvinculacion Del Cargo Ocupado Como Magistrado De La Sala Disciplinaria. Concurso De Meritos. Existe · citada 275 vecesT-983/012001T-1040/01 — Derecho Al Trabajo De Persona Con Disminucion Fisica. Reintegro Sin Solucion De Continuidad. Reembolso De La Indemnizacion. Capacitacion. Au · citada 267 vecesT-1040/012001T-519/03 — Derecho Al Trabajo E Igualdad De Disminuido Fisico Con Cancer En La Piel. Despido Unilateral Y Pago De Indemnizacion. Solicitud Reintegro Si · citada 189 vecesT-519/032003T-235/10 · citada 184 vecesT-235/102010T-195/22 — Derecho A La Estabilidad Ocupacional Reforzada De Personas En Condición De Debilidad Manifiesta Por Razones De Salud-Debido Proceso En El Tr · citada 50 vecesT-195/222022T-284/19 — Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Persona En Estado De Debilidad Manifiesta Por Razones De Salud. · citada 33 vecesT-284/192019T-102/20 — Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Persona En Estado De Debilidad Manifiesta Por Razones De Salud Vinculada Mediante Contrato De · citada 24 vecesT-102/202020A. 1159/21 — Demanda Para El Reconocimiento De Prestaciones Laborales, En El Marco De Un Contrato De Trabajo Con Una Empresa Temporal, La Entidad Pública · citada 19 vecesA. 1159/212021T-354/21 — Accion De Tutela En Materia De Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada-Improcedencia De Reintegro Por Existir Otro Medio De Defensa Judic · citada 18 vecesT-354/212021T-459/21 — Accion De Tutela Transitoria Para Proteger Derechos A La Seguridad Social, Estabilidad Laboral Y Minimo Vital · citada 16 vecesT-459/212021T-104/22 — Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Mujer Embarazada Vinculada Por Contrato De Obra O Labor · citada 11 vecesT-104/222022T-448/23 — Derecho Al Trabajo, Mínimo Vital Y Estabilidad Laboral Reforzada Por Razones De Salud-Perspectiva De Género Y Deber De Solidaridad Del Emple · citada 10 vecesT-448/232023
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.