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Sentencia de Tutela27 de mayo de 2005

T-572 de 2005

Ponente Humberto Antonio Sierra Porto

✓Demandante Luis Francisco Leon Figueredo Vs. Director Penitenciaria Nacional De Acacias - Meta

01

Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

4 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al debido proceso de interno en la penitenciaria por considerar que las anotaciones efectuadas por los guardias repecto de las faltas cometidas por los internos violan el debido proceso por no haber sido posible tener acceso al reglamento interno del establecimiento.

Solicita se decrete la nulidad de todas las sanciones disciplinarias impuestas por los funcionarios de la penitenciaria y se permita la consulta del reglamento interno asi como la disposicion de defensores de oficio que asesoren a los internos en los procedimientos disciplinarios.

Derechos de los internos y las relaciones de especial sujeción.

Derecho al debido proceso en los procedimientos disciplinarios que se adelanten a los internos.

Los reclusos como sujetos disciplinables en potencia debido precisamente al control disciplinario agravado que sobre ellos ejerce el estado necesitan saber con exactitud que tipo de conductas estan tipificadas como faltas disciplinarias y cuales son las sanciones que acarrea su comision.

La administración debe ser especialmente diligente en el cumplimiento de la obligación a su cargo de dar publicidad a los distintos instrumentos normativos que establecen el regimen disciplinario de las personas privadas de la libertad.

La sala no encuentra que se configure una vulneración o amenaza de los derechos fundamentales de los internos.

Negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. LEVANTAR la suspensión del término decretada para decidir el presente asunto.
  2. SEGUNDO. CONFIRMAR la sentencia proferida el dieciocho (18) de agosto de 2004 por el Consejo Superior de la Judicatura Sala jurisdiccional Disciplinaria, por las razones expuestas en la presente providencia.
  3. TERCERO. INSTAR al Director del Establecimiento Carcelario y Penitenciario de Acacías a que mantenga siempre a disposición de los internos ejemplares suficientes del conjunto de instrumentos que conforman el régimen disciplinario, y a que emprenda las acciones necesarias para difundir el régimen disciplinario entre las personas recluidas en dicho establecimiento.
  4. LÍBRENSE por Secretaría las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
← cita a 25la citan 13 →T-572/05T-881/02 — Derechos A La Dignidad Humana Salud Y Vida De Reclusos. Autonomia Individual. Suministro Servicio Publico De Energia. Corte Suspension O Rac · citada 495 vecesT-881/022002T-153/98 — Estado De Cosas Inconstitucional En Los Centros De Reclusion Del Pais. Hacinamiento En La Carcel De Bellavista. Concedida. · citada 283 vecesT-153/981998T-422/92 — Concurso De Meritos. Igualdad Ante La Ley. Igualdad De Oportunidades. Concedida. · citada 242 vecesT-422/921992T-596/92 — Derechos De Los Internos. Castigo Carcelario. Carcel Peñas Blancas. Concedida. · citada 229 vecesT-596/921992T-705/96 — Der. De Peticion. Libertad De Expresion. Ders. De Los Internos. Solicitud De Audiencia. Confiscacion De Maquina De Escribir. Concedida. · citada 162 vecesT-705/961996C-318/95 — Ley 65/93. Art. 168. Estados De Emergencia Penitenciaria Y Carcelaria. Traslado De Internos. Inpec. Exequible. · citada 145 vecesC-318/951995T-714/96 — Der. Al Minimo Vital De Los Reclusos. Indebida Alimentacion En La Carcel. Hecho Superado. Negada. · citada 136 vecesT-714/961996C-394/95 — Ley 65/93. Varios Arts. Codigo Penitenciario Y Carcelario. Exequible E Inexequible. · citada 133 vecesC-394/951995T-388/13 · citada 183 vecesT-388/132013T-133/06 · citada 51 vecesT-133/062006T-035/13 · citada 41 vecesT-035/132013T-439/06 · citada 36 vecesT-439/062006T-274/08 · citada 33 vecesT-274/082008T-615/08 · citada 26 vecesT-615/082008T-020/08 · citada 25 vecesT-020/082008T-265/11 · citada 19 vecesT-265/112011
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.