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Sentencia de Tutela14 de marzo de 2016

T-131 de 2016

Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

✓Demandante Albeiro Sanchez Murillo·Demandado Acuavalle S.A. Esp

✓
Tema · dato duro
Derecho Al Agua Potable Y Vivienda Digna. Vulneracion Por Negativa De Instalacion De Acueducto Y Alcantarillado.
01

Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Vivienda Digna
  • Orden a Alcaldía Municipal inscribir al accionante y a su núcleo familiar en los programas de reubicación o mejoramiento de vivienda del municipio
  • Naturaleza jurídica, alcance y contenido
Derecho Al Agua Potable Y A La Vivienda Digna
  • Orden a empresa de acueducto suministrar provisionalmente agua potable a la vivienda del peticionario a través del medio que se estime idóneo y eficaz, en una cantidad que garantice el consumo diario
  • Vulneración por negativa de instalación de acueducto y alcantarillado
4 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se atribuye a la ACUAVALLE S.A.

E.S.P la vulneración de derechos fundamentales, a raíz de su negativa de autorizar la instalación de los servicios de acueducto y alcantarillado en la vivienda del actor, alegando la inexistencia de redes de alcantarillado conforme a las condiciones técnicas requeridas.

Se aborda la siguiente temática: 1º.

El contenido del derecho fundamental al agua potable. 2º.

La prestación de los servicios públicos como una finalidad social del Estado y, 3º.

El alcance y contenido general del derecho a la vivienda digna.

La Corte considera que la entidad vulneró los derechos al agua potable y a la vida digna del accionante y de su núcleo familiar, puesto que los obstáculos técnicos, jurídicos o físicos que impidan extender las redes de acueducto y alcantarillado a viviendas particulares no son excusa para negar la prestación del servicio, toda vez que la empresa tiene la obligación de adoptar medidas paliativas para asegurar el acceso mínimo al servicio de agua potable, para lo cual tiene diversas alternativas como instalar pilas provisionales o utilizar carro tanques, entre otras.

SE CONCEDE.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida el veintiseis (26) de agosto de dos mil quince (2015), por el Juzgado
  2. Primero. Civil del Circuito de Cartago, Valle, que revoco la decision de primera instancia proferida el catorce (14) de mayo de dos mil quince (2015), por el Juzgado Promiscuo Municipal de Alcala, Valle del Cauca. En su lugar, CONCEDER la proteccion de los derechos fundamentales a la vida, a la salud, al agua potable y a la vivienda digna del senor Jose Albeiro Sanchez Murillo y su nucleo familiar.
  3. SEGUNDO. ORDENAR a la Empresa de Servicios Publicos Domiciliarios de Alcala, Valle del Cauca ACUAVALLE S.A E.S.P que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de esta providencia, programe y lleve a cabo el suministro provisional de agua potable a la vivienda del peticionario a traves de carro tanques, pilas provisionales de agua u otro medio que se estime idoneo y eficaz, en una cantidad que garantice el consumo diario, hasta tanto la Alcaldia Municipal de Alcala, Valle del Cauca, encuentre la manera de inscribir al tutelante en un programa de reubicacion o mejoramiento de vivienda. La cantidad de agua a proveer debe obedecer al volumen minimo razonable establecido como parametro por la Organizacion Mundial de la Salud (OMS), el cual debe oscilar entre cincuenta (50) y cien (100) litros de agua por persona por dia para asegurar la satisfaccion de todas las necesidades de salud. Los costos derivados del suministro seran asumidos por la empresa y no se podra realizar cobro alguno por dicho concepto al accionante.
  4. TERCERO. ORDENAR a la Alcaldia Municipal de Alcala, Valle del Cauca, que en un termino no superior a seis (6) meses, realice las gestiones necesarias para inscribir al accionante y a su nucleo familiar en los programas de reubicacion o mejoramiento de vivienda del municipio.
  5. CUARTO. COMUNICAR la presente decision a la Superintendencia de Servicios Publicos Domiciliarios y al Personero de Municipal de Alcala, Valle del Cauca, para que dentro de la orbita de sus competencias, hagan un seguimiento del cumplimiento de esta providencia.
  6. QUINTO. Librense por Secretaria, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
← cita a 52la citan 24 →T-131/16T-760/08 — · citada 1.339 vecesT-760/082008T-016/07 · citada 547 vecesT-016/072007T-011/98 — Pago Excepcional De Acreencias Laborales. Dere. Al Minimo Vital. Pago De Cesantias Parciales. Concedida. · citada 378 vecesT-011/981998T-959/04 — Derecho A La Vida La Salud La Igualdad Y La Dignidad Humana De Beneficiaria Del Regimen Contributivo Que Padece Diabetes Mellitus Tipo I Ins · citada 272 vecesT-959/042004C-372/11 — Recurso Extraordinario De Casacion Laboral. Aumento De La Cuantía Para Acceder Al Recurso Como Medida De Descongestión Judicial Vulnera Dere · citada 215 vecesC-372/112011T-416/97 — Falta De Legitimacion En La Causa. Prestacion De Servicios Medicos Por Invias Y Cajanal. Medio De Defensa Judicial. Negada. · citada 163 vecesT-416/971997T-617/95 — Espacio Publico. Der. A La Vivienda. Confianza Legitima. Prevalencia Del Interes Gral. Ders. De Los Niños. Comuneros De Pte Aranda. Concedid · citada 134 vecesT-617/951995T-310/95 — Der. De Peticion. Der. De Propiedad. Desalojo De Personas. Mejoras. Concedida Parcialmente. · citada 122 vecesT-310/951995T-012/19 — Derecho Al Agua Potable Y Al Saneamiento Basico. · citada 34 vecesT-012/192019T-044/19 — Derecho De Peticion Y Derecho A La Salud De Personas Privadas De La Libertad. Acceso A Cantidades Minimas De Agua · citada 25 vecesT-044/192019T-143/17 — Derechos Fundamentales De Las Personas Privadas De La Libertad. Suministro De Agua Potable En Condiciones De Disponibilidad, Calidad Y Acces · citada 24 vecesT-143/172017T-058/21 — Derecho Fundamental Al Agua Potable De Miembros De Comunidad Indigena · citada 23 vecesT-058/212021C-369/19 — Gestión Integral De Páramos. Programas De Sustitución Y Reconversión De Actividades Agropecuarias De Alto Impacto En Áreas De Páramos. · citada 18 vecesC-369/192019T-118/18 — Derecho Al Agua Potable. Proteccion Constitucional Como Derecho Fundamental Autonomo. · citada 18 vecesT-118/182018C-300/21 — Delimitación Páramos. Permanencia De Actividades Agropecuarias De Bajo Impacto. · citada 16 vecesC-300/212021T-325/17 — Derecho Al Agua, Seguridad Alimentaria, Ambiente Sano. Vulneracion Al Cercar Con Alambres Electricos Y Construir Jarillones Que Impiden Acc · citada 15 vecesT-325/172017
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.