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Sentencia de Tutela11 de diciembre de 2003

T-1223 de 2003

Ponente Rodrigo Escobar Gil

✓Demandante Maria Ibeth Garrido De Rengifo Contra Empresa De Licores Del Choco - Fondo Territorial De Pensiones Del Chocó

✓
Tema · dato duro
Pension De Jubilación. Suspensión Por De Manera Unilateral Por Haber Sido Asumida Por El Iss. Pension Compartida. Sentencia <a Href=../2001/T-301-01.Rtf> T-301/01</A>. Principio Constitucional De Buena Fe Y Deber De Informar En El Caso De Pensiones Compar
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Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Empresa De Licores Del Choco
  • Debe expedir nuevos actos administrativos para ajustar pago de mesadas pensionales
Acción De Tutela
  • Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
Pago De Lo No Debido En Pensiones
  • Beneficiario no puede apropiarse de lo pagado en exceso
Pension Compartida
  • Deber de informar sobre nuevo reconocimiento de pensión a quien corresponda
  • Existe obligación del empleador sólo de pagar el monto que exceda al valor de pensión reconocida por el ISS
Principio De La Buena Fe
  • Deber de informar sobre nuevo reconocimiento de pensión a quien corresponde
5 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
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Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado Unico Laboral del Circuito de Quibdo y por la Sala Laboral del Tribunal Superior de la misma ciudad, que negaron la tutela de la senora Maria Ibeth Garrido de Rengifo contra la Empresa de Licores del Choco - Fondo Territorial de Pensiones del Choco. En su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales al debido proceso, al pago puntual y completo de la pension y al minimo vital de la senora Maria Ibeth Garrido de Rengifo.
  2. Segundo. ORDENAR a la Empresa de Licores del Choco que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de la presente sentencia, DEJE SIN EFECTO la Resolucion No. 232 de septiembre de 2002, por la cual suspendio el pago de la pension de jubilacion a la senora Maria Ibeth Garrido. Cumplido lo anterior, y dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes, debera restablecer el pago de la pension a la accionante, en el monto que le corresponde ahora, luego del reconocimiento de la pension de vejez hecho por el I.S.S. El restablecimiento del pago aqui ordenado, debera incluir las mesadas dejadas de pagar durante el tiempo de su suspension.
  3. Tercero. ORDENAR A LA Empresa de Licores del Choco que debera poner en conocimiento de la senora Garrido Rengifo el acto por los cuales restablece el pago de la pension, suspendida, indicando la proporcion en que compartira su pago con el I.S.S, a efectos de la accionante pueda hacer uso de los recursos que procedan contra dicho acto.
  4. Cuarto. ADVERTIR a la Empresa de Licores del Choco, que en el proceso de recuperar los dineros pagados en exceso a la peticionaria, debera tener en cuenta los derechos fundamentales de la actora, su minimo vital, asi como otros factores como su edad, la esperanza de vida, el monto total de lo reclamado, el valor de las mesadas pensionales dejadas de pagar entre otros.
  5. Quinto. El desacato de las ordenes impartidas en esta sentencia, se sancionara de conformidad con lo estipulado en el articulo 52 del Decreto 2591 de 1991.
  6. Sexto. Por Secretaria General, librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
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La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

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Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
← cita a 8la citan 10 →T-1223/03T-377/00 — Derecho De Peticion Y Defensa. Debido Proceso. Presentacion Del Escrito De Excepciones Previas Ante Juez Que No Era Competente Para Recibirl · citada 384 vecesT-377/002000T-294/97 — Der. De Peticion. Pronta Resolucion De Recursos. Reconoc. De Pension. Prestacion De Servicios Medicos. Medio De Defensa Judicial. Concedida · citada 250 vecesT-294/971997T-457/94 — Debido Proceso. Accion De Nulidad Y Restablecimiento Del Derecho. Tutela Transitoria. Adulteracion De Contador De Luz. Concedida. · citada 231 vecesT-457/941994T-827/99 — Derecho A La Seguridad Social. Persona De La Tercera Edad. Iss Niega Pension. Via De Hecho. Ordena Resolver Solicitud Formulada Por El Difun · citada 98 vecesT-827/991999C-068/99 — C.C. Art. 1852 Parcial. Compraventa De Bienes Entre Conyuges No Divorciados. Inexequible. · citada 41 vecesC-068/991999T-940/01 — Derecho A La Vida De Persona De La Tercera Edad. Debido Proceso. Pension Compartida De Jubilación. Disminución Del Monto A Pagar No Ocasiona · citada 17 vecesT-940/012001T-508/00 — Derecho Al Minimo Vital. Mora En El Pago De Mesadas Pensionales. Gobernacion De Nariño. Concedida. · citada 14 vecesT-508/002000T-301/01 — Derechos A La Vida Salud Debido Proceso Y Minimo Vital. Solicitud Reiniciacion Pago Completo De La Pension Convencional. Disminucion. Pensio · citada 6 vecesT-301/012001T-058/09 · citada 32 vecesT-058/092009T-438/10 · citada 24 vecesT-438/102010T-462/17 — Accion De Tutela Para Solicitar Reliquidacion Pensional. Procedencia Excepcional. · citada 13 vecesT-462/172017T-042/16 — Retroactivos Generados Dentro De La Figura Juridica De Las Pensiones Compartidas. · citada 12 vecesT-042/162016T-175/11 · citada 10 vecesT-175/112011T-624/06 · citada 9 vecesT-624/062006T-273/21 — Compartibilidad Pensional.Subreglas · citada 4 vecesT-273/212021T-618/17 — Compartibilidad Pensional. Fundamento Constitucional Y Legal. · citada 2 vecesT-618/172017
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.