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Sentencia de Tutela28 de noviembre de 2008

T-1173 de 2008

Ponente Jaime Córdoba Triviño

✓Demandante Lucas Julián Rincón Sánchez·Demandado Comandante Del Ejército Nacional Y Otro

✓
Tema · dato duro
01

Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Retiro Discrecional Por Razones Del Servicio De Oficiales Y Suboficiales De La Policia Nacional Y Fuerzas Militares
  • Razones deben obedecer a criterios objetivos y razonables conforme a la Constitución
  • Orden al Ejército Nacional motivar el acto administrativo de retiro y señalar las razones que condujeron a la decisión
  • Vulneración del debido proceso, defensa y acceso a la administración de justicia por carecer de motivación el acto administrativo de retiro
2 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al debido proceso y defensa de ex trabajador de la entidad accionada quien fue retirado de la misma a través de un acto carente de motivación objetiva. <br>la facultad de retiro discrecional de los miembros de la fuerza pública.

Reiteración jurisprudencial.

No obstante se ha reconocido en cabeza de los funcionarios de la fuerza pública una potestad para el cumplimiento de los fines de la institución, éste no puede ser arbitrario y, precisamente, para asegurar el respeto del principio de legalidad, los actos a través de los cuales se desvinculen miembros de las mismas, deben manifestarse las razones que condujeron a esa determinación. <br>en el caso en cuestión, se encontró evidente la vulneración del derecho al debido proceso, debido a la nula motivación de acto que ordenó el despido. <br>por consiguiente, se ordenó al accionado motivar el acto administrativo que dsipuso la desvinculación del actor. <br>concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR las sentencias proferidas en primera instancia por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales, el cinco (5) de marzo de dos mil ocho (2008), en primera instancia, y la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia el veintiocho (28) de abril de dos mil ocho (2008) en segunda instancia.
  2. SEGUNDO. CONCEDER al señor Lucas Julián Rincón Sánchez la tutela de los derechos fundamentales al debido proceso y a la defensa y, en consecuencia ORDENAR al Comandante del Ejército Nacional, que dentro del improrrogable término de 48 horas contadas a partir de la notificación de la presente sentencia, proceda a motivar el acto administrativo que dispuso el retiro del demandante y a plasmar por escrito las razones que condujeron a ordenar el retiro del Sargento
  3. Segundo. Lucas Julián Rincón Sánchez. El acto administrativo motivado se notificará debidamente al demandante, de conformidad con lo legalmente dispuesto.
  4. TERCERO. Si vencido el término concedido para proceder a motivar el acto administrativo no se hubiere producido la motivación, el señor Rincón Sánchez deberá ser reintegrado de inmediato al Ejército Nacional.
  5. CUARTO. LIBRESE, por Secretaría, la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
← cita a 11la citan 14 →T-1173/08C-368/99 — Ley 443/98. Arts. 51023 Y 37 Parciales. Empleos De Carrera Administrativa. Exequibles E Inexequibles. · citada 94 vecesC-368/991999C-525/95 — Dec. 573/95. Art. 12. Retiro De Oficiales Y Suboficiales De La Policia Nal. Exequible. · citada 73 vecesC-525/951995C-746/99 — Ley 443/98. Arts. 4 Parag. 1; 45 N. 1610.110.210.3 Y 11.2 Parciales. Normas Sobre Carrera Administrativa. Exequible. Ver Sentencia <a Href=. · citada 65 vecesC-746/991999C-108/95 — Dec. 407/94. Varios Arts. Regimen De Personal Del Inpec. Viaticos. Exequibles E Inexequibles. · citada 60 vecesC-108/951995C-401/01 — Facultades Extraordinarias En Registraduria Del Estado Civil. Creación, Supresión O Fusión De Empleos · citada 57 vecesC-401/012001C-179/06 — Retiro Discrecional Por Razones Del Servicio De Oficiales Y Suboficiales De La Policia Nacional Y Fuerzas Militares. Razones Deben Obedecer · citada 37 vecesC-179/062006C-072/96 — Dec. 132/95. Dec. 574/95. Dec. 573/95. Varios Arts. Retiro Del Personal Del Nivel Ejecutivo De La Policia Nal. Exequibles. Ver <a Href=../19 · citada 22 vecesC-072/961996T-569/08 · citada 17 vecesT-569/082008T-723/10 · citada 135 vecesT-723/102010T-719/13 · citada 67 vecesT-719/132013T-297/09 · citada 32 vecesT-297/092009C-758/13 — Retiro Del Servicio De Soldados Profesionales, A Solicitud De Comandantes De Unidad Operativa Respectiva. Exequibilidad Condicionada · citada 28 vecesC-758/132013T-638/12 · citada 18 vecesT-638/122012T-456/09 · citada 14 vecesT-456/092009T-824/09 · citada 13 vecesT-824/092009T-862/10 · citada 11 vecesT-862/102010
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.