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Sentencia de Tutela13 de diciembre de 2006

T-1080 de 2006

Ponente Rodrigo Escobar Gil

✓Demandante Martha Cecilia Vega Guarin Vs. Departamento De Cundinamarca Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Transitoria
  • Reintegro al cargo de madre cabeza de familia
Madre Cabeza De Familia En Proceso De Reestructuracion Administrativa
  • Persona interesada puso oportunamente en conocimiento de la entidad su condición
Madre Cabeza De Familia
  • Protección constitucional especial en procesos de modernización del Estado
5 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al debido proceso la igualdad el trabajo y la proteccion especial de las madres cabeza de familia en el caso de una trabajadora de la gobernacion que se desempeñaba como auxiliar de servicios generales y a quien no obstante haber aportado prueba de su condicion de sujeto de especial proteccion fue desvinculada por supresion de su cargo en virtud de la reforma administrativa de la gobernacion.solicita se ordene su reincorporacion y el reconocimiento de los salarios y prestaciones dejados de cancelar.facultades y limites de la administracion en los procesos de reestructuracion administrativa.

Posibilidad de supresion de cargos.

La proteccion constitucional de las madres cabeza de familia y los procesos de modernizacion del estado.

Procedencia de la accion de tutela frente a la existencia de otro mecanismo de defensa judicial.esta corporacion ha considerado que de acuerdo con el principio de estabilidad en el empleo y en atencion a la debilidad en que se encuentran las mujeres cabeza de familia las entidades publicas deben reintegrar a las trabajadoras que tienen bajo su responsabilidad exclusiva el sustento economico de su necleo familiar particularmente el de sus hijos menores de edad.concedida de manera transitoria hasta tanto la jurisdiccion contencioso administrativa decida el conflicto juridico planteado

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR los fallos proferidos por el Juzgado
  2. Segundo. Penal del Circuito Especializado de Cundinamarca y por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial del mismo Departamento, dentro de la acción de tutela instaurada por Martha Cecilia Vega Guarín en contra del Departamento de Cundinamarca y de la Comisión de Personal de la Gobernación de Cundinamarca y, en su lugar, CONCEDER de manera transitoria el amparo tutelar solicitado, hasta tanto la jurisdicción de lo contencioso administrativo decida de manera definitiva el conflicto jurídico aquí planteado, para lo cual la accionante, si es que ya no lo hizo, deberá ejercer las acciones correspondientes ante dicha jurisdicción en la oportunidad que el ordenamiento jurídico establece, so pena de quedar sin efectos la orden impartida en este fallo.
  3. Segundo. ORDENAR a la Gobernación de Cundinamarca que reincorpore a la señora Martha Cecilia Vega Guarín a un cargo similar o equivalente al que venía desempeñando. Por el cumplimiento de esta orden será responsable la Secretaría de la Función Pública.
  4. Tercero. EXHORTAR a la Comisión Nacional del Servicio Civil para que, si aún no lo ha hecho, decida de manera expedita el recurso de apelación interpuesto por la accionante en contra del Acuerdo 0016 de 2005.
  5. Cuarto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
← cita a 21la citan 15 →T-1080/06SU.225/98 — Der. A La Vida Y A La Salud De Los Niños. No Suministro Gratuito De La Vacuna De La Meningitis. Concedida. · citada 383 vecesSU.225/981998SU.388/05 · citada 248 vecesSU.388/052005T-519/03 — Derecho Al Trabajo E Igualdad De Disminuido Fisico Con Cancer En La Piel. Despido Unilateral Y Pago De Indemnizacion. Solicitud Reintegro Si · citada 189 vecesT-519/032003C-527/94 — Ley 73/93. Normas Para El Retiro Compensado De Empleados Y Funcionarios De La Contraloria. Exequibles E Inexequibles. · citada 168 vecesC-527/941994T-768/05 · citada 166 vecesT-768/052005C-184/03 — Ley 750 De 2002. Art. 1. Prision Domiciliaria Y Trabajo Comunitario A Mujer Cabeza De Familia Y Padres Cabeza De Familia. Medida De Apoyo Es · citada 161 vecesC-184/032003C-044/04 — Cabeza De Familia En Programa De Renovacion De La Administracion Publica. No Retiro Del Servicio A Quienes Se Encuentran Sin Alternativa Eco · citada 114 vecesC-044/042004C-964/03 — Ley 82 De 1993. Arts. 2 A 21 (Ps.). Apoyo De Manera Especial A Mujer Cabeza De Familia. Beneficios. Derecho De Los Niños. Acceso A Planes Y · citada 104 vecesC-964/032003T-162/10 · citada 43 vecesT-162/102010T-849/10 — · citada 16 vecesT-849/102010T-316/13 · citada 15 vecesT-316/132013T-692/15 — Estabilidad Laboral Reforzada De Trabajadores Con Disminución Fisica. · citada 12 vecesT-692/152015T-837/12 — · citada 12 vecesT-837/122012T-881/08 · citada 12 vecesT-881/082008T-862/09 · citada 11 vecesT-862/092009T-692/09 · citada 10 vecesT-692/092009
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.