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Sentencia de Constitucionalidad21 de octubre de 2003Sala Plena

C-967 de 2003

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

✓Demandante Alejandro Escovar Rodriguez

✓
Tema · dato duro
Ley 797 De 2003. Art. 5 (P.). Modifica Ley 100 De 1993. Art. 18 Inc. 4 Y Parag. Sistema General De Pensiones. Regimenes Pensionales Exceptuados Y Especiales. Un Salario Minimo Legal Mensual Vigente Como Base De Cotizacion. Excepcion De Trabajadores Del Se
01

Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Empleado Del Servicio Domestico En Sistema De Seguridad Social En Pensiones
  • Salario no puede ser inferior al salario mínimo legal vigente
Empleado Del Servicio Domestico
  • Obligación de cotizar para pensiones como si obtuvieran un mínimo mensual los pone en igualdad frente a otros trabajadores en la misma situación
  • Obligación de cotizar con base en el salario mínimo legal vigente tiene por objeto dar viabilidad a obtener una pensión mínima
Derecho A La Seguridad Social
  • Irrenunciabilidad
  • Principios
  • Doble naturaleza
  • Fundamental por conexidad
Fondo De Solidaridad Pensional
  • Origen de los recursos
  • Finalidad
Legislador
  • Facultad de modificar los factores que originan la pensión
  • Configuración del sistema de seguridad social
Norma Acusada
  • No discrimina a los menores trabajadores ni tolera su explotación
  • Sacrificio porcentual exigido a los trabajadores del servicio doméstico que devengan menos del salario mínimo legal vigente no desconoce el derecho a la igualdad
Seguridad Social
  • Relación entre Estado y usuarios no se asimila a una relación contractual
Sistema De Seguridad Social En Pensiones
  • Base de la cotización no puede ser inferior al salario mínimo
  • Eliminación de la excepción a los trabajadores del servicio doméstico para cotizar con base en ingresos inferiores al salario mínimo legal vigente no elimina el principio de solidaridad
  • Salario base de cotización para trabajadores del servicio doméstico
  • Aplicación del principio de solidaridad
  • Aportes
  • En principio la facultad de modificar la base salarial de las cotizaciones es prerrogativa del legislador
  • Objeto
  • Reconocimiento
  • Regulación legal
  • Servicio público
  • Unicamente las pensiones reconocidas adquieren el carácter de derechos adquiridos
Principio De Solidaridad En Seguridad Social
  • No es ilimitado
  • Alcance
  • Implicaciones
  • Operatividad práctica frente a la norma acusada
Reforma Pensional
  • Antecedentes legislativos
Seguridad Social En Pensiones
  • Medidas que constituyen una respuesta integral al desequilibrio económico estructural del sistema
Seguridad Social Integral
  • Dirección, coordinación y control a cargo del Estado
Salario Minimo
  • Concepto
  • Modalidades
16 temas · 37 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 100/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaLey 100/93EXEQUIBLE
Art. 18Ley 797/03EXEQUIBLE
Art. 5Ley 797/03EXEQUIBLE
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. R E S U E L V E
  3. Declarar EXEQUIBLE, unicamente respecto de los cargos analizados en el presente proceso, la expresion "En ningun caso el ingreso base de cotizacion podra ser inferior a un salario minimo legal mensual vigente", contenida en el articulo 5o de la Ley 797 de 2003, que modifico el inciso 4o y paragrafo del articulo 18 de la Ley 100 de 1993
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
← cita a 15la citan 36 →C-967/03SU.819/99 — Derecho A La Salud. Der A La Vida. Tratamiento Medico En El Exterior Transplante De Medula. Minsalud Colmena Salud E.P.S. Mandamientos Para · citada 749 vecesSU.819/991999T-456/94 — Reajuste Especial De La Pension A Los Congresistas. Der. A La Igualdad. Tutela Transitoria. Concedida. · citada 269 vecesT-456/941994C-789/02 — Regimen De Transicion En Pensiones. Traslado Nuevamente Al Régimen De Prima Media · citada 261 vecesC-789/022002T-505/92 — Servicio De Salud. Derechos Del Enfermo. Sida. Concedida. · citada 205 vecesT-505/921992C-616/01 — Entidad Promotora De Salud. Restricción De Actividades Por El Estado · citada 190 vecesC-616/012001C-130/02 — Principio De Universalidad Del Sistema De Seguridad Social En Salud. Adopción De Medidas Para Cobertura Total En Un Término Breve · citada 185 vecesC-130/022002C-542/98 — Ley 100/93. Art. 187. Pagos Y Cuotas Moderadoras. Exequible Salvo Una Expresion. · citada 166 vecesC-542/981998C-791/02 — Consejo Nacional De Seguridad Social En Salud. Proporción De Upc-S Para Entes Territoriales De Acuerdo Con Competencias Transferidas Y No In · citada 136 vecesC-791/022002C-428/09 — Requisito De Semanas De Cotizacion Para Pension De Invalidez. Aumento En El Número De Semanas No Vulnera Principio De Progresividad Del Dere · citada 303 vecesC-428/092009T-1015/06 · citada 238 vecesT-1015/062006T-580/07 · citada 210 vecesT-580/072007T-1291/05 · citada 203 vecesT-1291/052005T-628/07 · citada 159 vecesT-628/072007C-451/05 — Derecho A La Igualdad En Pension De Sobrevivientes. Disfrute Por Hijo Incapacitado Para Trabajar Por Estudios Hasta El Límite De Veinticinco · citada 130 vecesC-451/052005T-1040/08 — · citada 129 vecesT-1040/082008C-767/14 — Reconocimiento De Pension Consistente En Salario Minimo A Victimas Del Conflicto Armado Que Perdieron Capacidad Laboral · citada 107 vecesC-767/142014
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.