JurídicoESEN
Sentencia de Constitucionalidad7 de diciembre de 1995Sala Plena

C-590 de 1995

Ponente Vladimiro Naranjo Mesa

✓Demandante Jorge Ortiz Rubio

✓
Tema · dato duro
Ley 136/94. Art. 159. Salario De Contralores. Inexequibles Algunas Expresiones.
01

Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Contralor Municipal
  • Igualdad salarial
Municipio
  • Categorías
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 136/94. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 159Ley 136/94INEXEQUIBLE· expresión
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. R E S U E L V E :
  3. Declarar INEXEQUIBLES las expresiones "de categoría especial, primera y segunda" y "en los demás municipios será el setenta por ciento (70%) del salario mensual del respectivo alcalde" contenidas en el artículo 159 de la ley 136 de junio 2 de 1994.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
← cita a 3la citan 8 →C-590/95C-221/92 — Dec 119/91. Art 6 Parcial. Viaticos Para Los Empleados Del Sena. Principio De Igualdad. Constitucional · citada 130 vecesC-221/921992C-223/95 — Salarios Y Prestaciones De Personeros Municipales Y Alcaldes. · citada 25 vecesC-223/951995T-526/92 — Derecho A La Igualdad. Pension De Jubilacion. Medio De Defensa Judicial. Hosp San Juan De Dios(San Gil). Concedida. · citada 18 vecesT-526/921992C-540/01 — Empresas Industriales Y Comerciales Del Estado. Liquidación Por Pérdidas Bajo Presupuestos Exigentes · citada 221 vecesC-540/012001C-966/12 — Distribucion Del Pago De Remuneracion Por Divulgacion De Fonograma, Entre Los Artistas Interpretes O Ejecutantes Y El Productor Del Mismo-No · citada 31 vecesC-966/122012C-152/99 — Ley 397/97. Art. 31. Pension Vitalicia Para Los Acreedores Y Gestores De La Cultura. Artistas. Exequible. · citada 31 vecesC-152/991999C-510/99 — Ley 136/94 Arts. 8788 Y 89 Concejos Municipales Señalan Asignacion De Alcalde De Acuerdo Con Clasificacion. Inexequible. · citada 7 vecesC-510/991999C-316/96 — Ley 136/94. Arts. 23 Y 66. Periodo De Sesiones. Causacion De Honorarios De Los Concejos. Exequible Salvo Unas Expresiones. · citada 7 vecesC-316/961996C-035/96 — Ley 136/94. Art. 159 Parcial. Salario De Contralores. Estese A Lo Resuelto En La <a Href=../1995/C-590-95.Rtf> C-590/95</A>. · citada 3 vecesC-035/961996T-1280/05 · citada 1 vecesT-1280/052005C-1513/00 — Ley 136 De 1994. Arts. 66 159 Y 177. Organizacion Y Funcionamiento De Los Municipios. Honorarios De Concejales. Salarios De Personeros Y Con · citada 1 vecesC-1513/002000
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.