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Sentencia de Constitucionalidad30 de junio de 2010Sala Plena

C-537 de 2010

Ponente Juan Carlos Henao Pérez

✓Demandante Camilo Pabon Almanza Y Otra·Demandado Ley 1340 De 2009 Articulo 24

✓
Tema · dato duro
Doctrina Probable De La Superintendencia De Industria Y Comercio. Solo Se Aplica Para Actuaciones Relacionadas Con La Libre Competencia Y Vigilancia Administrativa De La Competencia Desleal
01

Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Superintendencia De Industria Y Comercio
  • Clase de actos que emite en su labor de vigilancia, control y protección de la libre y leal competencia
  • Funciones administrativas y jurisdiccionales en materia de competencia desleal
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Aplicación del principio pro actione
Doctrina Probable De Caracter Administrativo
  • No existe prohibición constitucional para establecer la figura a través de la Ley
Doctrina Probable De La Superintendencia De Industria Y Comercio
  • Solo se aplica para actuaciones relacionadas con la libre competencia y vigilancia administrativa de la competencia desleal
Superintencia De Industria Y Comercio
  • Facultades administrativas y jurisdiccionales
10 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 1340 de 2009, artículo 24 (parcial) “Por medio de la cual se dictan normas en materia de protección de la competencia”, la norma regula la doctrina probable y la legítima confianza, respecto a las decisiones tomadas por la Superintendencia de Industria y Comercio, el aparte acusado es el siguiente “tres decisiones ejecutoriadas uniformes frente al mismo asunto constituyen doctrina probable”, los demandantes consideran vulneradas las siguientes normas de la Constitución, artículo 113, debido a que la Rama Ejecutiva no puede influir o tener alguna injerencia en las decisiones de la Rama Judicial, artículo 116, debido a que las funciones de la Superintendencia de Industria y Comercio no son de carácter privativo, ya que el Juez Civil puede conocer a prevención de dichos procesos, artículos 234 y 235, ya que la Superintendencia en sus funciones jurisdiccionales excepcionales, no puede crear doctrina, esto crearía inseguridad jurídica ya que tanto la Corte Suprema como la Superintendencia podrían crear doctrina probable, dando lugar a una doble posibilidad que crearía inseguridad jurídica, por último consideran vulnerado el artículo 13, debido a que dependiendo de la jurisdicción a la que acudan los demandantes recibirían una solución distinta.

La Corte pasa a estudiar las competencias delegadas a la Superintendencia de Industria y Comercio en la Ley 1340 de 2009, se estudian los antecedentes legislativos y la interpretación sistemática respecto de los cargos planteados por los demandantes con relación a la inconstitucionalidad de la norma acusada, se analiza si del aparte demandado se puede extender la competencia jurisdiccional a la competencia desleal y protección al consumidor de la Superintendencia, se hacen consideraciones en torno a la doctrina probable regulada en el artículo demandado, se concluye que la doctrina probable de la SIC solo es extensible a los casos relacionados con la regulación y vigilancia de la competencia desleal y la publicidad contraria a la libre competencia, además no existe prohibición constitucional para que a través de la Ley se pueda establecer la figura de la doctrina probable de carácter administrativo, por lo tanto se decide declarar el aparte acusado Exequible.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1340/09. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 24Ley 1340/09EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. RESUELVE
  3. Declarar constitucional el apartado del artículo 24 de la Ley 1340 de 2009 que establece que, "Tres decisiones ejecutoriadas uniformes frente al mismo asunto, constituyen doctrina probable", en el entendido que este solo se aplica para las actuaciones administrativas de la Superintendencia de Industria y Comercio relacionadas con la libre competencia y la vigilancia administrativa de la competencia desleal.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
← cita a 37la citan 6 →C-537/10C-1052/01 — Fallo Inhibitorio Por Ineptitud De Demanda De Inconstitucionalidad Contra Norma De La Ley 617 De 2000 · citada 1.475 vecesC-1052/012001C-037/96 — Proyecto De Ley N°58/94 Senado Y 264/95 Camara Estatutaria De La Admon De Justicia. Exequibles E Inexequibles. · citada 1.231 vecesC-037/961996C-836/01 — Doctrina Probable De La Corte Suprema De Justicia. Variación Por Juzgar Erróneas Decisiones Anteriores · citada 412 vecesC-836/012001SU.120/03 — Derechos Al Debido Proceso Igualdad Trabajo Y Seguridad Social. Via De Hecho. Indexacion De La Primera Mesada Pensional. Principio De Favora · citada 372 vecesSU.120/032003SU.1023/01 — Derecho De Peticion E Igualdad. Pago Oportuno De Acreencias Laborales. Mesadas Pensionales Y Aportes En Salud. Empresa En Liquidacion Obliga · citada 237 vecesSU.1023/012001C-501/01 — Superintendencia De Industria Y Comercio En Competencia Desleal. Incidente De Liquidación De Perjuicios · citada 222 vecesC-501/012001C-384/00 — Acto Administrativo De Superintendencia. Desbordamiento De Competencia Jurisdiccional · citada 206 vecesC-384/002000C-616/01 — Entidad Promotora De Salud. Restricción De Actividades Por El Estado · citada 190 vecesC-616/012001C-359/13 — Omision Legislativa Relativa En Ley Que Promueve El Acceso A La Vivienda De Interes Social Y Vivienda De Interes Prioritario. Configuración · citada 62 vecesC-359/132013C-283/14 — Prohibicion Del Uso De Animales Silvestres, Nativos O Exoticos En Circos Fijos E Itinerantes · citada 60 vecesC-283/142014C-032/17 — Libre Competencia. Prohibición De Toda Clase Prácticas, Procedimientos O Sistemas Tendientes A Limitar La Libre Competencia. · citada 40 vecesC-032/172017C-947/14 — Control De Constitucionalidad Del Acuerdo De Servicios Aereos Entre Colombia Y Turquia · citada 19 vecesC-947/142014C-461/11 — Visitas De Inspeccion Del Ministerio Publico A Los Establecimientos De Reclusion. No Se Restringen A Una Visita Mensual · citada 15 vecesC-461/112011C-172/14 — Control Atribuido De Manera Privativa A La Superintendencia De Industria Y Comercio En Materia De Proteccion A La Libre Competencia · citada 8 vecesC-172/142014
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.