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Sentencia de Constitucionalidad27 de julio de 2016Sala Plena

C-390 de 2016

Ponente María Victoria Calle Correa

✓Demandante Jorge Asdrubal Romero G. Y Otro·Demandado Ley 1551 De 2012, Articulo 23 Parcial

✓
Tema · dato duro
: Subsidio Del 75% Para Cotización En Pensión Para Concejales De Municipios De Cuarta A Sexta Categoría.
01

Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Norma Sobre Categorias De Municipios
  • Obligación de concejales municipales de cotizar a la seguridad social
Principio De Igualdad
  • Otorgar beneficio a un grupo de concejales y no a otros no implica necesariamente su violación
  • Jurisprudencia constitucional
Subsidio A Cotizacion En Pension Para Concejales De Municipios De Categorias Cuarta A Sexta, Que No Tenga Otro Ingreso Adicional
  • No configura una medida que per se resulte violatoria de igualdad frente a los concejales de los municipios de tercera categor
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Aplicación del principio pro actione
  • Indicación precisa del objeto demandado, el concepto de violación y la razón por la cual la Corte Constitucional es competente
  • Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
Demanda Por Beneficio En Materia De Seguridad Social Para Concejales De Municipios De Cuarta A Sexta Categoria
  • No existió comparación de manera integral de los dos regímenes de beneficios de los diferentes grupos de concejales
  • No se trata de cargo por omisión legislativa sino de violación del principio de igualdad
Estado
  • Fines esenciales
Municipios
  • Categorización
Test O Juicio Integrado De Igualdad
  • Jurisprudencia constitucional
11 temas · 15 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 23 (parcial) de la Ley 1551 de 2012, por la cual se dictan normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios.

Los demandantes consideran que la norma acusada viola los artículos 2 y 13 de la Constitución, al establecer un trato diferente a los concejales de los municipios de cuarta a sexta categoría, frente a los concejales de los municipios de tercera categoría, a pesar de que en otras disposiciones legales previas se ha reconocido que los entes territoriales de tercera a sexta categoría tienen condiciones similares y merecen protecciones parecidas.

La Corte considera que el subsidio a la cotización en pensión para los concejales de municipios de categorías 4ª a 6º que no tenga otro ingreso adicional, no configura una medida que per se resulte violatoria de igualdad frente a los concejales de los municipios de categoría 3ª, puesto que debe compararse integralmente con regímenes pensionales distintos.

EXEQUIBLE.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1551/12. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 2Ley 1551/12EXEQUIBLE
Art. 23Ley 1551/12EXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE
  3. Declarar EXEQUIBLE el aparte acusado del articulo 23 de la Ley 1551 de 2012 por el cargo analizado en la presente sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
← cita a 33la citan 3 →C-390/16C-1052/01 — Fallo Inhibitorio Por Ineptitud De Demanda De Inconstitucionalidad Contra Norma De La Ley 617 De 2000 · citada 1.475 vecesC-1052/012001C-093/01 — Adopcion. Edad · citada 414 vecesC-093/012001C-673/01 — Libre Desarrollo De La Personalidad. Carácter Residual De Cargos Por Vulneración · citada 405 vecesC-673/012001C-250/12 — Limite Temporal En Medidas Previstas A Favor De Las Victimas. Tiene Justificación En Finalidades Constitucionalmente Legítimas Y No Resulta · citada 163 vecesC-250/122012C-080/99 — Dec. 1212/90. Art. 174 Parcial. Dec. 1213/90. Art. 131 Parcial. Dec. 1214/90. Art. 125 Parcial. Pension De Sobrevivientes Para Hijos Estudia · citada 143 vecesC-080/991999T-348/97 — Regimen De Seguridad Social De Los Docentes Afiliados Al Fondo De Prest. Sociales Del Magisterio. Incumplimiento Del Contrato Por I.P.S. Med · citada 111 vecesT-348/971997C-015/14 — Norma Que Modifica Ley De Justicia Y Paz. Sustitución De La Medida De Aseguramiento Y Deber De Los Postulados De Continuar En El Proceso · citada 103 vecesC-015/142014C-874/02 — Fallo Inhibitorio Por Ineptitud De Demanda De Inconstitucionalidad Contra Norma Del Decreto 410 De 1971 Por El Cual Se Expide El Código De C · citada 85 vecesC-874/022002SU.336/17 — Reconocimiento Y Pago De La Sancion Moratoria De Las Cesantias A Los Servidores Publicos Es Aplicable A Los Docentes Oficiales. · citada 67 vecesSU.336/172017C-571/17 — Protección Al Cesante. Requiere Haber Realizado Aportes A Las Cajas De Compensación Familiar Durante El Mínimo De Un Año Durante Los Últimos · citada 17 vecesC-571/172017C-493/16 — Apelación Sentencias Laborales. Oportunidad Para Sustentar El Recurso. · citada 13 vecesC-493/162016
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.