T-981 de 2000
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Carlos Gaviria Díaz
✓Claimant Blanca Olga Metante Y Otro Vs. Gobernador De Antioquia Y La Fabrica De Licores De Antioquia
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Vulneración por formas ilegítimas de sanción
- Facultades sancionatorias proporcionadas y precedidas de un trámite
- Protección de trabajadores ante formas ilegítimas de sanción que restrinjan derechos fundamentales
- Ilegitimidad de conductas del patrono que tiendan a restringirlo absolutamente
- Actos de hostigamiento contra miembro y directivo de sindicato
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. Revocar las decisiones de instancia adoptadas por los Juzgados 19 y 39 Penal Municipal, y 4 Penal del Circuito de Medellín en el trámite de las acciones de tutela interpuestas por María Ruby Mejía Ríos y Blanca Olga Metaute contra el Gobernador de Antioquia y el gerente de la Fabrica de Licores de Antioquia y, en su lugar, tutelar los derechos al debido proceso y a la libre asociación sindical de las actoras.
- Segundo. Ordenar al Gobernador de Antioquia, como representante legal de la Fábrica de Licores de Antioquia, y al gerente de esa empresa que, si aún no lo han hecho, dentro del término de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia, procedan a reconocer y pagar a María Ruby Mejía Ríos y Blanca Olga Metaute el total de las sumas que les redujeron de los salarios correspondientes a las quincenas del 30 de octubre, 15 y 30 de noviembre de 1999, debidamente indexadas.
- Tercero. Prevenir al Gobernador de Antioquia y al Gerente de la Fábrica de Licores de Antioquia para que se abstengan de actuaciones irregulares como las que sirvieron de origen a las tutelas que se revisan por medio de esta providencia, so pena de las sanciones previstas por el Decreto 2591 de 1991 para el desacato.
- Cuarto. Ordenar que, por medio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, se remita copia de esta sentencia de revisión a la Dirección Regional de Trabajo y Seguridad Social de Antioquia del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para los fines considerados en la parte motiva.
- Quinto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Comuníquese, notifíquese, cúmplase e
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.