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Tutela ruling (T)March 21, 2000

T-313 de 2000

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice José Gregorio Hernández Galindo

✓Claimant Maria Patricia Gutierrez Noguera

✓
Topic · hard data
Derecho Al Minimo Vital Y Trabajo. Mora En El Pago De Salarios Y Aportes A Seguridad Social. Concedida.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Establecimiento Hospitalario
  • No pago de aportes en seguridad social
  • Situación económica o presupuestal no es óbice para desconocer obligaciones laborales
Fiscalia General De La Nacion
  • No traslado de aportes para seguridad social por empleador
Medio De Defensa Judicial
  • Cancelación de prima técnica
6 topics · 7 subtopics · source: case-law reporter's topic index
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. Primero. REVOCAR, por las razones expuestas en la presente providencia, el fallo proferido en segunda instancia por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta, Sala Penal, mediante el cual negó la protección solicitada. En consecuencia, CONCEDER la tutela, en los términos expuestos en la parte motiva del presente fallo.
  2. Segundo. ORDENAR al Director del Hospital "Julio Méndez Barreneche" que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la presente providencia, cancele los salarios que se adeudan a María Patricia Gutiérrez Noguera, y haga las debidas provisiones para el pago oportuno de los futuros salarios que devengue.
  3. SE ORDENA igualmente que la entidad demandada, en el plazo indicado, se ponga al día en lo referente al traspaso de los aportes de seguridad social al Seguro Social, y que, hasta que no se dé pleno cumplimiento a esta orden, aquélla asuma por su cuenta la integridad de la protección que en tal materia corresponde a la demandante y a su familia.
  4. Tercero. El desacato a lo aquí dispuesto dará lugar a las sanciones previstas en el Decreto 2591 de 1991, sin perjuicio de las consecuencias penales que pueda tener la omisión en el traslado de recursos parafiscales, por concepto de cotización en seguridad social, a la entidad correspondiente. Para el efecto, CÓRRASE traslado al Fiscal General de la Nación para lo de su competencia.
  5. Cuarto. Por Secretaría, LÍBRESE la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.