T-187 de 2000
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice José Gregorio Hernández Galindo
✓Claimant Alejandro Cabas Lara
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Pago oportuno de mesadas
- Asunción de responsabilidad por mora en aportes a seguridad social
- Asunción, en principio, servicio de salud por mora en aportes
- Situación económica o presupuestal no es óbice para desconocer obligaciones laborales
- Asunción, subsidiaria, servicio de salud por mora en aportes del empleador
- No traslado de aportes para seguridad social por empleador
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (8 points)
- Primero. CONFIRMAR PARCIALMENTE la Sentencia del Juzgado
- Segundo. Laboral del Circuito de Santa Marta, en cuanto concedió la tutela al derecho a la salud en conexidad con la vida de Alejandro Cabas Lara.
- Segundo. CONCEDER la tutela por el derecho a la digna subsistencia y al mínimo vital del accionante. En consecuencia, ORDENAR al Distrito de Santa Marta que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de este fallo, proceda a pagar las pensiones adeudadas a Cabas Lara así como las cotizaciones por seguridad social y el cubrimiento total de la atención de salud que éste requiera para el tratamiento de la hipertensión arterial demostrada en este proceso.
- Mientras se normaliza la cotización a cargo del Distrito, "Saludcoop" prestará el servicio y podrá repetir contra la entidad territorial.
- Tercero. "Saludcoop" no podrá interrumpir la prestación de los servicios de salud al accionante ni negarla a sus beneficiarios.
- Cuarto. Envíese copia del proceso y de este Fallo al Fiscal General de la Nación para lo de su cargo.
- El incumplimiento de lo aquí dispuesto acarreará la imposición de las sanciones previstas en el artículo 52 del Decreto 2591 de 1.991.
- Quinto. Por Secretaría, LÍBRESE la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.