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Tutela ruling (T)April 11, 1994

T-175A de 1994

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jorge Arango Mejía

✓Claimant Luis Ramon Pineda

✓
Topic · hard data
Debido Proceso. Disciplina Escolar. Acuso De Hurto De Calculadora. Concedida Parcialmente.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Debido Proceso
  • Vulneración
Derecho A La Educación
  • Hurto en el colegio
2 topics · 2 subtopics · source: case-law reporter's topic index
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (13 points)
  1. PRIMERO. MODIFICAR la parte resolutiva de la sentencia del Juzgado
  2. Primero. Promiscuo Municipal de Tibú, Norte de Santander, de fecha octubre doce (12) de mil novecientos noventa y tres (1993), para:
  3. a) TUTELAR el derecho de Luis Ramón Pineda Ravelo al debido proceso y, en consecuencia, ORDENAR al "Instituto Diversificado Domingo Savio" de Tibú, cuyo rector es el padre Alvaro Mario Gutiérrez Cancino, y siempre y cuando el paradero de Pineda Ravelo sea conocido, que en el plazo de un (1) mes, contado a partir del momento en que el citado rector reciba la notificación de esta providencia, con citación del actor, inicie y lleve hasta su terminación una investigación por los hurtos de las calculadoras. El Instituto, de resultar que Pineda Ravelo es responsable de los mismos, deberá imponerle la sanción prevista en el reglamento. En caso contrario, el rector reunirá a los asistentes a la clase en que acusó al estudiante, y les expondrá las razones por las cuales se lo absuelve.
  4. b) REVOCAR el numeral primero, y NEGAR la tutela impetrada, dejando en libertad al interesado para acudir a la justicia penal, habida cuenta de que las imputaciones formuladas en su contra, se hicieron sin existir un previo pronunciamiento judicial.
  5. c) REVOCAR los numerales
  6. segundo. y tercero, que ordenan que las cosas vuelvan a ser como estaban el treinta (30) de agosto de mil novecientos noventa y tres (1993).
  7. d) REVOCAR el numeral cuarto, que ordena al rector del colegio enmendar los juicios formulados en clase en contra del actor.
  8. e) CONFIRMAR el numeral
  9. quinto. que ordena compulsar copias para la investigación de los presuntos delitos de hurto-, así como los numerales
  10. sexto. y
  11. séptimo. que se ocupan de la notificación de la sentencia y del envío del expediente a esta Corte Constitucional para su revisión.
  12. SEGUNDO. COMUNICAR esta providencia al Juzgado
  13. Primero. Promiscuo Municipal de Tibú, Norte de Santander, para los efectos previstos en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

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