T-116 de 2015
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Mauricio González Cuervo
✓Claimant Miller Aldeir Andrade Portilla·Respondent Ministerio De Defensa Nacional Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Orden a Ejército hacer efectivo el beneficio de exclusión de la prestación del servicio militar a joven víctima de la violencia
- Fundamentos constitucionales y legales
- Exenciones previstas en la Ley
- Requisitos de procedibilidad
- Persona natural que actúa en defensa de sus propios intereses
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
La vulneración de derechos fundamentales se atribuye a la omisión de la entidad accionada de responder la petición presentada por el actor, en la cual solicitaba el desacuartelamiento inmediato por su condición de víctima de la violencia.
Se analiza el tema de la obligación de prestar el servicio militar y el referente a las causales de exclusión.
Para la Sala, el Ejército Nacional vulneró el derecho fundamental al debido proceso, porque tenía prueba idónea de la calidad de víctima de la violencia del actor y no realizó su desacuartelamiento, desconociendo con ello que dicha circunstancia es causal de exclusión para la prestación del servicio.
Se CONCEDE.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (11 points)
- Fallos de tutela objeto de revisión.
- 3.1. Única instancia: Sentencia del Tribunal Administrativo de Nariño del 5 de septiembre de 20144.
- Negó el amparo al encontrar que el accionante no aportó prueba alguna que demostrara la presentación de la solicitud de desacuartelamiento ante el Ejército Nacional, Distrito Militar No. 21 de la ciudad de Ipiales.
- 4. Actuaciones en sede de revisión.
- El veintiuno (21) de enero de 2015, mediante auto dirigido al Distrito Militar No. 21 de la ciudad de Ipiales, Nariño, fueron solicitadas por parte del despacho del magistrado ponente las siguientes pruebas:
- PRIMERO. Por Secretaría General de esta Corporación, OFÍCIESE al Distrito Militar No. 21, Tercera Zona de Reclutamiento del Ejército Nacional, de la ciudad de Ipiales, para que dentro del término de tres (3) días hábiles siguientes al recibo de la notificación de esta providencia:
- i) Informe cómo se realizó el proceso de reclutamiento del señor Miller Aldeir Andrade Portilla y si durante dicho trámite, el accionante manifestó su presunta calidad de víctima de la violencia.
- ii) Informe si ha recibido alguna manifestación, diferente a la presente acción de tutela, encaminada a solicitar el retiro de las filas del señor Andrade por la posible existencia de una causal de exclusión de la prestación del servicio militar obligatorio.
- Al respecto se solicita al Comandante del Distrito emitir un pronunciamiento sobre la petición verbal presuntamente elevada por el accionante el día 13 de agosto de 2014, fecha en la cual el señor Andrade manifiesta haber entregado la documentación pertinente para demostrar su calidad de víctima del conflicto armado.
- iii) Informe si, con la presentación de la acción de tutela, el Distrito Militar desarrolló alguna actuación para evaluar el posible desacuartelamiento del señor Miller Aldeir Andrade Portilla, quien en ejercicio de la acción constitucional, manifiesta haber presentado las pruebas correspondientes a su condición de víctima de la violencia.
- El diez (10) de febrero de 2015, la
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.