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Tutela ruling (T)April 27, 2021

T-110 de 2021

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Alberto Rojas Ríos

✓Claimant Alfonso Gutierrez Beleño·Respondent Porvenir S.A Y Otro

✓
Topic · hard data
Accion De Tutela Contra Fondo De Pensiones-Improcedencia Por Incumplir Requisito De Subsidiaredad
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Seguridad Social En Pensiones
  • Improcedencia del amparo en traslado de régimen pensional, por incumplimiento del presupuesto de subsidiariedad
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

El actor aduce que Colpensiones vulneró sus derechos fundamentales al declarar, frente a la solicitud de reconocimiento de la pensión de vejez, su falta de competencia para tramitar la misma, pues con ello desconoció de manera unilateral y sin contar con su consentimiento previo, expreso y preciso, el acto administrativo expedido diez años atrás, para conceder su traslado desde Porvenir.

La entidad adujo que, como consecuencia del cambio en la fecha de nacimiento del peticionario, el traslado mencionado tuvo lugar cuando le faltaban menos de diez años para cumplir con la edad de pensión, con lo cual se incumplió con el literal e) del artículo 13 de la Ley 100 de 1993.

La Corte revisó el cumplimiento de los requisitos de procedibilidad de la acción de tutelo y pudo establecer que los mismos no se cumplieron.

Ello, teniendo en cuenta que el presupuesto de subsidiariedad no fue superado en tanto la jurisdicción ordinaria en su especialidad laboral, en la cual se adelanta un proceso, es la encargada de decidir si el peticionario tiene derecho o no a continuar en Colpensiones y, en consecuencia, reconocerle la pensión de vejez o, si por el contrario, Porvenir es la que debe cumplir con esta obligación.

Así mismo, porque el accionante puede acudir a la jurisdicción de lo contencioso administrativo para demandar el acto administrativo de Colpensiones que considera violatorio de sus garantías constitucionales.

Igualmente, porque analizados las condiciones socioeconómicas, personales y particulares del tutelante, la Sala encontró que todas estas no solo fueron cuestionadas, sino que fueron debatidas, e incluso denunciadas ante las autoridades competentes, por parte de la accionada, pues ésta considera que se puede estar ante un proceso fraudulento que pretende defraudar el sistema de seguridad social; situación que deberá ser dilucidada en las instancias judiciales correspondientes.

Con base en lo anterior la acción de tutela deprecada se declaró IMPROCEDENTE.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Civil del Circuito de Chiriguana (Cesar) del 29 de enero de 2020 que confirmo parcialmente el fallo de primera instancia, y ordeno a Colpensiones adelantar el estudio de la solicitud de reconocimiento de la pension de vejez del ciudadano Alfonso Gutierrez Beleno, y el fallo emitido por el Juzgado
  2. Segundo. Promiscuo de Chiriguana (Cesar) el 13 de noviembre de 2019 que concedio el amparo transitorio de los derechos fundamentales del accionante y ordeno a Colpensiones que, en un termino de tres dias, estudiara y resolviera la solicitud presentada por el tutelante, dentro del proceso de amparo.
  3. SEGUNDO. DECLARAR IMPROCEDENTE la accion de tutela formulada por el ciudadano Alfonso Gutierrez Beleno contra Colpensiones por las razones expresadas en el presente proveido.
  4. TERCERO. LIBRAR Por Secretaria General las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.