JurídicoESEN
Order (Auto)November 13, 2019

A- de 2019

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Carlos Libardo Bernal Pulido

✓Claimant Jorge Carvajal Cardozo·Respondent Central Hidroelectrica De Caldas

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Conflicto Negativo De Competencia Aparente
  • Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
Principio Perpetuatio Jurisdictionis
  • Competencia no puede ser alterada en primera ni en segunda instancia pues se afectaría la finalidad de la acción de tutela
2 topics · 2 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Once Civil Municipal de Manizales y la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de esa misma ciudad.

La Corte constata que en este caso sólo se presentó un conflicto aparente de competencia, toda vez que el Tribunal mencionado tomó las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1983 de 2017 para declarar la nulidad de lo actuado por el juez de primera instancia, y por esa vía abstenerse de resolver la impugnación.

Precisa la Sala que este tipo de actuaciones afecta la celeridad y eficacia en la administración de justicia, así como la protección a los derechos fundamentales del accionante, pese a que en reiterada jurisprudencia constitucional se ha establecido que las reglas contenidas en la norma precitada no pueden ser usadas por el juez de tutela para rechazar la competencia o declarar la incompetencia de otra autoridad judicial y que, la alteración de la competencia, en el momento procesal en el que se encontraba la acción de tutela, desconoció el principio de la perpetuatio jurisdictionis.

Se dirime la controversia con la remisión del expediente a la la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales, para que de manera inmediata profiera la decisión de segunda instancia que corresponda.

Se hace una serie de advertencias a las autoridades involucradas en el presente caso, relacionadas con la aplicación de normas y jurisprudencia que se deben tener en cuenta en la resolución de conflictos de competencia en materia de tutela.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (7 points)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 4 de junio de 2019 proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales (Caldas), mediante el cual declaró la nulidad del fallo dictado el 20 de mayo de 2019 por el Juzgado
  2. Segundo. Laboral del Circuito de Manizales (Caldas).
  3. Segundo. REMITIR el expediente ICC-3768 a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales, para que resuelva la impugnación presentada por el accionante.
  4. Tercero. ADVERTIR a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales (Caldas) que, en lo sucesivo, se abstenga de decretar la nulidad de lo actuado en primera instancia con fundamento en las reglas de reparto del Decreto 1983 de 2017.
  5. Cuarto. ADVERTIR al Juez Once Civil Municipal de Manizales (Caldas) que se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en las reglas de reparto del Decreto 1983 de 2017.
  6. Quinto. ADVERTIR al Juez Once Civil Municipal de Manizales (Caldas) que los conflictos de competencia en materia de tutela deben ser resueltos, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018.
  7. Sexto. Por Secretaría General, COMUNICAR a las partes la decisión adoptada en esta providencia.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.