A- de 2003
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Sala Plena
✓Claimant Diego Fernando Manzano Uribe Vs. Director Penitenciaria Nacional “doña Juana” Dorada – Caldas.
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- No es competente para conocer de acciones de cumplimiento
- Competencia para conocer de ella
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Se rechazó por incompetencia la acción de cumplimiento presentada directamente ante la Corte Constitucional por el ciudadano de la referencia quien se encuentra actualmente recluido en la Penitenciaría Nacional “Doña Juana” ubicada en la Dorada (Caldas).
Lo anterior, debido a que la competencia para el conocimiento de las acciones de cumplimiento dirigidas a procurar la vigencia y efectividad material de las leyes o de los actos administrativos, por mandato legal está radicada en los Jueces Administrativos en primera instancia, pero mientras estos entran en funcionamiento, de la primera instancia conocerán los Tribunales de lo Contencioso Administrativo del lugar del domicilio del accionante.
En consecuencia, se le informa al accionante que para el trámite de la acción de cumplimiento, puede acudir, de acuerdo a lo establecido en los Arts. 87 de la Constitución Política de 1991 y 3º de la Ley 397 de 1998, ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- R E S U E L V E:
- PRIMERO. RECHAZAR por incompetencia la acción de cumplimiento presentada directamente ante la Corte Constitucional por el señor DIEGO FERNANDO MANZANO URIBE, quien se encuentra actualmente recluido en la Penitenciaría Nacional "Doña Juana" ubicada en la Dorada (Caldas), por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
- SEGUNDO. INFORMAR al señor DIEGO FERNANDO MANZANO URIBE, que para el trámite de la acción de cumplimiento, puede acudir, de acuerdo a lo establecido en los artículos 87 de la Constitución Política de 1991 y 3º de la Ley 397 de 1998, ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.