A- de 2020
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Claimant Camilo Francisco Zarama Martinez
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Cargos formulados cumplen con los requisitos de especificidad, pertinencia y suficiencia
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Recurso de súplica.
En este caso el rechazo no se dio frente a la demanda, sino contra el tercer cargo de la misma.
La Sala Plena de la Corte Constitucional considera que la decisión de rechazo es parcialmente acertada, en tanto no se analizaron algunos de los argumentos del accionante que daban cuenta del cumplimiento de los requisitos de especificidad, pertinencia y suficiencia.
Con base en lo anterior se REVOCA la providencia que decidió rechazar el tercer cargo de la demanda y, en su lugar, se ordena la admisión de la acusación dirigida contra los artículos 20 y 21 de la Ley 1762 de 2015, por el desconocimiento de los artículos 29, 95-3 y 363 de la Constitución Política, en relación con los argumentos por violación a los principios de legalidad, tipicidad, equidad y justicia.
Se aclara que, los efectos de esta decisión se circunscriben estrictamente al ámbito de la admisibilidad de la demanda, sin perjuicio de la decisión que adopte la Corte en la sentencia sobre la constitucionalidad de la normas acusadas.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. REVOCAR, por las razones expuestas, el numeral
- segundo. del Auto de 21 de mayo de 2020, que decidio rechazar el tercer cargo de la demanda de la referencia y, en su lugar, ADMITIR la acusacion dirigida contra los articulos 20 y 21 de la Ley 1762 de 2015, por el desconocimiento de los articulos 29, 95-3 y 363 de la Constitucion Politica, en relacion con los argumentos por violacion a los principios de legalidad, tipicidad, equidad y justicia.
- SEGUNDO. CONTINUAR con el proceso de constitucionalidad bajo la conduccion del Magistrado sustanciador inicial, en los terminos del articulo 50 del Acuerdo 02 de 2015.
- TERCERO. A traves de la Secretaria General de la Corte Constitucional, COMUNICAR el contenido de esta decision al demandante, indicandole que contra esta no procede recurso alguno.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.