JurídicoESEN
Order (Auto)December 4, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Natalia Ángel Cabo

✓Claimant Departamento De Antioquia Y Otro·Respondent Perez Fabio Dario

✓
Topic · hard data
Proceso Ejecutivo En El Que El Acreedor Hipotecario Es Una Entidad Pública.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Procesos ejecutivos hipotecarios en los que haga parte una entidad pública
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto entre el Juzgado 014 Civil Municipal de Medellín (Antioquia) y el Juzgado 013 Administrativo del Circuito de Medellín (Antioquia), suscitado por una demanda ejecutiva con título hipotecario presentada por el Fondo de Vivienda del departamento de Antioquia en contra de un ciudadano, para solicitar librar mandamiento de pago de los valores impagados.

Cumplidos los requisitos que configuran el conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena advierte que en este caso no se está frente a una condena impuesta por la jurisdicción de lo contencioso administrativo, a una conciliación aprobada por ella, a un laudo arbitral, ni tampoco a una obligación originada en un contrato estatal sino que se trata de un proceso ejecutivo hipotecario adelantado por una entidad pública.

Por esa razón se estima que debe aplicarse el precedente de los Autos 1089 de 2022 y 1092 de 2023, y se reitera la regla de decisión según la cual, de conformidad con el artículo 15 del Código General del Proceso, la jurisdicción ordinaria en su especialidad civil es la competente para conocer de los procesos ejecutivos hipotecarios en los que haga parte una entidad pública.

Lo anterior, con fundamento en que el proceso busca hacer efectiva una garantía hipotecaria, que es un derecho real, por lo que no se activa la cláusula de competencia establecida en el artículo 104 de la Ley 1437 de 2011.

Se remite el expediente al Juzgado 014 Civil Municipal de Medellín.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 014 Civil Municipal de Medellín, Antioquia, y el Juzgado 013 Administrativo del Circuito de la misma ciudad en el sentido de DECLARAR el Juzgado 014 Civil Municipal de Medellín es la autoridad competente para conocer de la demanda ejecutiva con título hipotecario que presentó el Fondo de Vivienda del Departamento de Antioquia.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5897 al el Juzgado 014 Civil Municipal de Medellín para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado 013 Administrativo del Circuito de la misma ciudad.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.