A- de 2016
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Claimant Sala De Revision
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Dar apertura a incidente de desacato
- Competencia excepcional de la Corte Constitucional
- Competencia del juez de primera instancia
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Con el presente auto se da apertura al incidente de desacato en contra de la Ministra de Relaciones Exteriores, doctora María Ángela Holguín Cuéllar y se le conmina al cumplimiento inmediato de la sentencia T-462/15.
Se ordena poner en conocimiento de la referida funcionaria pública el conocimiento de esta providencia, para que remita a la Corporación un informe respecto a las actuaciones ejercidas para cumplir con las órdenes proferidas en el precitado fallo, particularmente, de su numeral 7º.
Se dispone, que si la Ministra no cumple con dicha disposición en el término concedido, se comunicará esta situación al Procurador General de la Nación, superior para el caso de cumplimiento de los fallos en materia de tutela, para que actúe de acuerdo con la providencia judicial.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- Primero. DAR APERTURA al incidente de desacato en contra de la Ministra de Relaciones Exteriores, doctora MARIA ANGELA HOLGUIN CUELLAR.
- Segundo. CONMINAR a la referida funcionaria publica al cumplimiento inmediato de la Sentencia T-462 de 2015.
- Tercero. DISPONER que la Secretaria General de esta Corporacion ponga en conocimiento el contenido de este auto a la Ministra de Relaciones Exteriores, doctora MARIA ANGELA HOLGUIN CUELLAR, para que dentro de los tres (3) dias siguientes a la notificacion de esta providencia remitan un informe al despacho de la Magistrada sustanciadora en el que indique:
- i) Cuales han sido las actuaciones ejercidas para cumplir con las ordenes proferidas en la Sentencia T-462 de 2015, particularmente, del numeral 7o de la referida providencia.
- ii) En caso de que se hayan iniciado procedimientos administrativos u otro tipo de actuacion ante las autoridades del Reino Unido, indicar claramente el estado de los procesos.
- Cuarto. Si la Ministra de Relaciones Exteriores no cumple con el numeral 7o de la Sentencia T-462 de 2015 en el termino de cuarenta y ocho horas posteriores al plazo otorgado, dicha situacion se comunicara al Procurador General de la Nacion, superior para el caso de cumplimiento de los fallos judiciales en materia de tutela, para que en cuarenta y ocho horas (48) actue de acuerdo con la providencia judicial.
- Quinto. REMITIR copia de la presente providencia al Procurador General de la Nacion, esto sin perjuicio de que la Corte Constitucional continue ejerciendo las facultades consagradas en los articulos 27 y 52 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.