JurídicoESEN
Order (Auto)March 15, 2018

A- de 2018

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Luis Guillermo Guerrero Pérez

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Nulidad Procesal En La Accion De Tutela
  • Se declara la nulidad por pretermisión de instancia
  • Se declara la nulidad por inhibirse de proferir una decisión, con fundamento en que no fue posible notificar a la parte accionada
  • Aplicación del régimen general de nulidad (artículo 133 C.G.P.), siempre que sus causales no resulten contrarias a los principios de celeridad y eficacia que caracterizan la tutela
Nulidades Sustanciales En La Accion De Tutela
  • Se declara la nulidad por ausencia de motivación
2 topics · 4 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Con el presente auto la Sala de Revisión toma las siguientes decisiones: 1º.

Abstenerse de proferir decisión de fondo respecto a los tres expedientes seleccionados para revisión y acumulados para fallar en una sola sentencia. 2º.

Declarar la nulidad de todas las actuaciones surtidas en ellos y remitirlos a los despachos judiciales de instancia para que, con las particularidades de cada caso, den trámite al amparo interpuesto, subsanen el vicio presentado y profieran una nueva providencia y, 3º.

Disponer que, una vez surtido el trámite ordenado en caso proceso, se remitan los expedientes a la Corporación para su eventual revisión.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (8 points)
  1. Primero. ABSTENERSE de proferir decisiones de fondo en relacion con los expedientes T-6.445.911, T-6.446.128 y T-6.477.934 por las razones expuestas en la presente providencia.
  2. Segundo. DECLARAR la nulidad de todas las actuaciones surtidas a partir del auto de inadmision proferido el 19 de octubre de 2016 por el Juzgado
  3. Tercero. Promiscuo Municipal de Sabanalarga (Atlantico), dentro del tramite de la accion de tutela T-6.445.911 y, en consecuencia, por Secretaria General de esta Corporacion, REMITIR el precitado expediente al referido juzgado, para que, de inmediato, proceda a dar tramite al amparo interpuesto por la senora Maria Lucia Salazar de Quintero contra Coosalud EPS y Salud Social IPS.
  4. Tercero. REMITIR copia de esta actuacion y del expediente T-6.445.911 con destino al Consejo Seccional de la Judicatura del Atlantico, con el fin de que analice, si asi lo considera pertinente, la demora en el envio de la providencia en revision a la Corte Constitucional, teniendo en cuenta el termino dispuesto para el efecto en el articulo 31 del Decreto 2591 de 1991.
  5. Cuarto. DECLARAR la nulidad de todas las actuaciones surtidas a partir de la sentencia proferida el 9 de junio de 2017 por el Juzgado
  6. Primero. Penal del Circuito de Bello (Antioquia), dentro del tramite de la accion de tutela T-6.446.128 y, en consecuencia, por Secretaria General de esta Corporacion, REMITIR el precitado expediente al referido juzgado, para que, de inmediato, subsane el vicio presentado y proceda a proferir una nueva providencia, dentro del tramite de amparo promovido por la senora Mariela del Socorro Mazo Velez contra La Nueva EPS.
  7. Quinto. DECLARAR la nulidad de todas las actuaciones surtidas a partir del auto proferido el 9 de octubre de 2017 por el Juzgado Trece de Descongestion Civil Municipal de Bogota, dentro del tramite de la accion de tutela T-6.477.934 y, en consecuencia, por Secretaria General de esta Corporacion, REMITIR el precitado expediente al referido juzgado, para que, de inmediato, proceda a dar tramite al amparo presentado por el senor Eugenio Leal Vasquez contra la Cooperativa de Trabajo Asociado OTAMOASOCIADOS en liquidacion.
  8. Sexto. Surtido el tramite en las instancias judiciales respectivas de cada proceso, remitanse los expedientes de la referencia a la Corte Constitucional para su eventual revision, tal como lo ordena el Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.