A- de 2012
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Adriana María Guillén Arango
✓Claimant Juan Manuel Ramirez Rios·Respondent Sin Información
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Aplicación del precedente cuando actúa como juez de primera instancia una Alta Corte
- Obligación del juez constitucional
- Competencia del juez de primera instancia
- Ratio decidendi y principio del efecto útil
- Impugnación
- Cumplimiento inmediato
- Impugnación en el efecto devolutivo y no suspensivo
- Facultad para reconocer pago retroactivo de mesadas pensionales
- Actualización con base en la variación del IPC certificado por el DANE
- Indexación de la primera mesada pensional en cumplimiento de sentencia T-013/11
- Cumplimiento de sentencia T-013/11
- Competencia para verificar cumplimiento de sentencia T-013/11
- Competencia excepcional para verificar el cumplimiento de decisiones de tutela
- Competencia de la Corte Constitucional para conocer
- Carácter excepcional por violación al debido proceso
- Actualización según sentencia C-862/06
- Solicitud simultánea o sucesiva por beneficiario
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Solicitud de cumplimiento de sentencia.
Con el presente auto se declara que la Universidad de Antioquia incumplió lo ordenado por la Sala Tercera de Revisión de la Corte Constitucional en la sentencia de tutela T-013/11y le ordena a dicha institución universitaria que expida un nuevo acto administrativo a través de la cual se de cumplimiento a dicha providencia.
De otro lado, rechaza la solicitud de abrir un incidente de desacato y la consecuente imposición de sanciones al representante legal de la precitada universidad.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- PRIMERO. Declarar que la Universidad de Antioquia incumplio lo ordenado por la Sala Tercera de Revision de esta Corporacion en la sentencia de tutela T-013 de 2011.
- SEGUNDO. Ordenar a la Universidad de Antioquia que, en un termino de cuarenta y ocho horas (48) contadas a partir de la notificacion del presente auto, REVOQUE la Resolucion 352 de 2011 y en su lugar EXPIDA una nueva resolucion administrativa a traves de la cual se dara cumplimiento a lo ordenado en la sentencia de tutela T-013 de 2011. En la nueva resolucion administrativa se abstendra de hacer aclaraciones respecto a la competencia, que considere tiene o no para reconocer y pagar al senor Ramirez Rios la pension de jubilacion. Asimismo en la nueva resolucion debera abstenerse de supeditar o condicionar el cumplimiento de la misma a lo resuelto por la Sala Plena de esta Corporacion respecto del incidente de nulidad presentado.
- Adicionalmente, en la nueva resolucion debera indexar la primera mesada pensional conforme a la interpretacion correcta del numeral 2 del articulo 260 del C.S.T., en consecuencia debera
- primero. indexar el IBL segun el IPC y luego con el resultado obtenido del IBL debidamente indexado aplicar el 75% que ordena el articulo 1 de la Ley 33 de 1985. Igualmente debera actualizar dicha mesada desde 2002 hasta la fecha de pago, asi como reconocer y pagar los valores correspondientes al retroactivo anual de las mesadas dejadas de cancelar desde 2002 hasta la fecha de pago, asi como el retroactivo de las primas dejadas de percibir en el mismo lapso de tiempo.
- TERCERO. RECHAZAR la solicitud del ciudadano Juan Manuel Ramirez Rios de abrir un incidente de desacato y la consecuente imposicion de sanciones al representante legal de la Universidad de Antioquia.
- CUARTO. ORDENAR a la Universidad de Antioquia, informar a esta Corporacion el cumplimiento del presente Auto.
- Por Secretaria General, librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.