JurídicoESEN
Order (Auto)May 23, 2007

A- de 2007

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Rodrigo Escobar Gil

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Topic · hard data
Revision Constitucional De La Ley 944 Del 17 De Febrero De 2005, “por Medio De La Cual Se Aprueba El Acuerdo Sobre Transporte Transfronterizo Entre El Gobierno De La Republica De Colombia Y El Gobierno De La Republica Del Peru, Suscrito En Lima El 11 De Junio De 2003”. Mediante Auto 207 De 2005 Se Determino Un Vicio De Procedimiento En El Tramite De La Ley Y Ordeno Su Devolucion Al Senado De La Republica Para Subsanar El Vicio Encontrado. Se Observa Que No Se Ha Cumplido Con Un Requisito De La Formacion De Las Leyes, Pues La Secretaria Juridica De La Presidencia De La Republica Solamente Allego El Tramite Cursado En El Congreso, Pero No El Texto Definitivo De La Ley Sancionada Por El Presidente De La Republica. Ordena Solicitar A La Presidencia De La Republica Remita El Texto Definitivo De La Ley 944 De 2005
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Doble Numeracion De Ley
  • Asignación dentro del trámite de subsanación de vicio
Control De Constitucionalidad De Ley Aprobatoria De Tratado Internacional
  • Solicitud a la Presidencia de la República para que envíe a la Corte Constitucional el texto definitivo de la ley objeto de control
Requisito De Anuncio Previo De Votacion En Tramite Legislativo
  • Incumplimiento como vicio de naturaleza insubsanable
3 topics · 3 subtopics · source: case-law reporter's topic index
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (2 points)
  1. Primero. Solicitar a la Presidencia de la República que remita a esta Corporación el texto definitivo de la Ley 944 de 2005 "por la cual se aprobó el Acuerdo sobre transporte aéreo transfronterizo entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República del Perú, suscrito en Lima el 11 de junio de 2003", una vez corregido el vicio de trámite declarado en el Auto 207 de 2005 y con la respectiva sanción presidencial.
  2. Segundo. De acuerdo con las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, los términos para resolver el presente proceso de constitucionalidad se contabilizarán desde el momento en el que por la Presidencia de la República se remita el texto de la ley objeto del control oficioso de constitucionalidad.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available1
ConcurrenceJaime Araujo Rentería
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela
Cites2
A. 018/07Ley 1076 De 2006. Se Aprueba El Acuerdo Sobre Transporte Aereo Transfronterizo Entre El Gobierno De La Republica De Colombia Y El Gobierno De La Republica Del Peru. La Ley 1076 De 2006 Correspondio Al Mismo Tramite Oficioso De Control De Constitucionalidad De La Ley 944 De 2005 Identificado Con El Registro Lat-275, Ley Que Fue Devuelta Al Congreso Para Que Fuera Subsanada Mediante Auto 207 De 2005, Debido A Que En Su Tramite No Cumplio Con La Totalidad De Los Requisitos Previstos En La Carta Politica Y En La Ley 5 De 1992. En Consecuencia Se Esta Frente A La Doble Numeracion De Una Misma Ley Aprobatoria Del Mismo Tratado Ocurrida En El Tramite De Subsanacion De Un Vicio En La Formacion De La Ley Ya Sometida A Revision De Esta Corporacion. Jurisprudencia Sobre Nulidad En Los Procesos Constitucionales Ante La Corte Constitucional. La Doble Numeracion De Una Ley Aprobatoria De Tratado. Declara La Nulidad De Lo Actuado En El Proceso Lat-296 Y Ordena Archivar El Proceso Lat-296, Devolver La Ley 1096 De 2006 Al Presidente De La Republica Y Coordinar La Remision De La Documentacion Sobre Lo Ordenado En El Auto 207 De 2005 Proferido En El Proceso Lat-275A. 207/05Revisión Oficiosa De La Ley 944 De Febrero 17 De 2005, "por Medio De La Cual Se Aprueba El Acuerdo Sobre Transporte Aéreo Transfronterizo Entre El Gobierno De La República De Colombia Y El Gobierno De La República Del Perú, Suscrito En Lima El 11 De Junio De 2003". La Corte Observa Que El Proyecto De Ley Inició Su Trámite En El Senado De La República; Se Publicó Previamente Al Procedimiento Legislativo; Fue Aprobado En Primero Y Segundo Debates En Cada Una De Las Cámaras Legislativas; Las Ponencias Tanto En Comisiones Como En Plenarias Fueron Publicadas Antes De Iniciarse Los Debates, Y Entre El Primero Y Segundo Debate En Cada Cámara, Así Como Entre La Aprobación Del Proyecto En Una De Las Cámaras Y La Iniciación Del Debate En La Otra Transcurrieron Los Términos Señalados En La Constitución. Sin Embargo, Respecto Al Anuncio Exigido Por El Artículo 8 Del Acto Legislativo No. 01 De 2003, Se Advierte Irregularidad Durante El Trámite Del Proyecto En La Plenaria Del Senado De La República. La Corte Aplicando Lo Previsto En El Parágrafo Del Artículo 241 De La Constitución Política, Considera Que La Forma De Subsanar El Vicio De Procedimiento Constatado Es Devolviendo La Ley Al Senado De La República, Para Que Éste Proceda A Enmendar Dicha Deficiencia, Cumpliendo Con El Trámite Ordenado En El Artículo 8 Del Acto Legislativo No. 01 De 2003. Después De Subsanado El Vicio, Es Necesario Repetir Las Etapas Subsiguientes Del Procedimiento Legislativo, En Acatamiento Del Principio De Consecutividad, Pues Puede Ocurrir Que Al Momento De Aprobar El Proyecto De Ley En El Senado De La República Se Modifique El Contenido Del Acuerdo, Obligando A Que Dicho Cambio Sea Igualmente Aprobado Por La Cámara De Representantes. Declara La Existencia De Un Vicio De Procedimiento En El Tramite, Ordena La Devolución Al Senado De La Ley 944 De 2005 Para Su Posterior Tramite

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.