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Order (Auto)June 19, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Antonio José Lizarazo Ocampo

✓Claimant Medical Proynfo Sas·Respondent Departamento Del Caqueta Secretaria De Salud

✓
Topic · hard data
Controversia Respecto De Las Devoluciones Efectuadas A Varias Facturas Generadas Por La Prestación De Servicios De Salud-Conflicto Entre Dos Entidades Que Pertenecen Al Sistema General De Seguridad Social En Salud.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Superintendencia Nacional De Salud En Ejercicio De Sus Funciones Jurisdiccionales
  • Conflictos derivados de las devoluciones o glosas a las facturas entre entidades del Sistema General de Seguridad Social en Salud
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre la Superintendencia Nacional de Salud, el Juzgado Quinto Administrativo del Circuito de Florencia y el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Florencia.

La causa de la controversia radica en una demanda presentada por la sociedad Clínica Medical S.A.S, contra el Departamento del Caquetá – Secretaría de Salud del Caquetá, con la que pretende que la Superintendencia dirima el conflicto y que le ordene a la demandada pagar una suma de dinero, referida en escrito de demanda, por concepto de la prestación de servicios médicos reflejada en tres facturas.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que en este caso, las partes del conflicto son dos entidades que hacen parte del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Según el literal b del numeral 2° y el numeral 3 del artículo 155 de la Ley 100 de 1993, las direcciones seccionales, distritales y locales de salud ?como la Secretaría de Salud del Caquetá? y las instituciones privadas prestadoras de servicios de salud ?como la sociedad Clínica Medical S.A.S? hacen parte de ese sistema.

De esta manera, considera pertinente reiterar la regla de decisión establecida en el Auto 2032 de 2023 de esta corporación según la cual, de conformidad con el artículo 116 de la Constitución y con el literal f del artículo 41 de la Ley 1122 de 2007, la Superintendencia Nacional de Salud es la competente para conocer de controversias entre entidades que integran el Sistema General de Seguridad Social en Salud, que versen sobre devoluciones o glosas a las facturas correspondientes a la prestación de servicios médicos.

En consecuencia, la Corte dispone el envío del expediente a la Superintendencia Nacional de Salud para lo de su competencia y para que comunique esta decisión al Juzgado Quinto Administrativo del Circuito de Florencia, al Juzgado Primero Laboral del Circuito de Florencia y a los interesados en este asunto.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (6 points)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Quinto. Administrativo del Circuito de Florencia, el Juzgado
  3. Primero. Laboral del Circuito de Florencia y la Superintendencia Nacional de Salud, en el sentido de DECLARAR que corresponde a la Superintendencia Nacional de Salud conocer sobre la demanda presentada por Clínica Medical S.A.S contra el Departamento del Caquetá - Secretaría de Salud del Caquetá.
  4. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-4847 a la Superintendencia Nacional de Salud para lo de su competencia y para que comunique esta decisión al Juzgado
  5. Quinto. Administrativo del Circuito de Florencia, al Juzgado
  6. Primero. Laboral del Circuito de Florencia y a los interesados en este asunto.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.