A- de 2012
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice María Victoria Calle Correa
✓Claimant Sin Información·Respondent Sin Información
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Competente hasta que esté completamente restablecido el derecho o eliminadas las causas de la amenaza
- Convocatoria a sesión técnica especial de seguimiento a cumplimiento de órdenes impartidas en sentencia T-1025/07
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Cumplimiento de medidas.
Con el presente auto la Sala Primera de Revisión programa una sesión técnica de seguimiento a la sentencia T-1027/07, la cual se convoca para el día 26 de marzo de 2012 con la participación de un delegado de la Presidencia de la República, los ministros del Interior y de Justicia y del Derecho, así como del Comandante de la Brigada XVII, la Fiscalía General de la Nación. la Defensoría del Pueblo y el representante o los voceros de la Comunidad de Paz de San José de Apartadó.
Con el mismo auto se establece la metodología y la agenda a desarrollar en la sesión referida.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (54 points)
- Primero. Por Secretaria General, CONVOCAR a un delegado del Presidente de la Republica, los Ministros: del Interior; de Justicia y del Derecho; de Defensa; el Comandante de la Brigada XVII, el Fiscal General de la Nacion y el Defensor del Pueblo, asi como el representante de la Comunidad de Paz de San Jose de Apartado o sus voceros, a una sesion tecnica especial ante la Sala Primera de Revision de la Corte Constitucional, que tendra lugar el dia lunes 26 de marzo del ano en curso, en la Sala de Audiencias 1 del Consejo Superior de la Judicatura, de 2 a 7 pm.
- Paragrafo. Los funcionarios convocados deberan asistir a la audiencia, sin que se admita delegacion para su intervencion, salvo la expresamente senalada para el senor Presidente de la Republica.
- Segundo. En dicha sesion tecnica especial, los participantes intervendran para presentar, por escrito y de manera oral, elementos concretos, e informes sobre el cumplimiento de sus responsabilidades constitucionales y legales para la garantia de los derechos de los miembros de la Comunidad de Paz de San Jose de Apartado, asi como las derivadas de las ordenes impartidas en la sentencia T-1025 de 2007 que permitan adelantar las siguientes tareas:
- a) La aplicacion concreta de los principios de distincion, precaucion, proporcionalidad y necesidad militar por parte del Ministerio de Defensa y de la Brigada XVII al decidir el lugar de ubicacion de retenes, puestos de control, bases militares, y de operaciones militares o policivas en zonas adyacentes a los asentamientos de poblacion civil y a las zonas humanitarias creadas para asegurar los derechos de la Comunidad de Paz de San Jose de Apartado, asi como los riesgos derivados de la necesidad de adopcion de tales medidas y los mecanismos de atenuacion del impacto de las mismas cuando sea imposible adoptar otra medida menos gravosa.
- b) El procedimiento existente en el Ministerio del Interior para la adopcion de medidas de proteccion a los derechos a la vida, a la seguridad, a la integridad personal y a la libertad tanto de individuos como colectividades que hacen parte de la Comunidad de Paz de San Jose de Apartado, que hayan sido objeto de amenazas o intimidaciones por los distintos actores armados y, en caso de que sea necesario, la adopcion de procedimientos especiales de valoracion de los riesgos y de adopcion de medidas de proteccion que no generen desconfianza y aseguren una garantia efectiva de los derechos de los miembros de la Comunidad de Paz.
- c) La estrategia y metodologia de investigacion y coordinacion de la Fiscalia General de la Nacion y sus distintas seccionales para investigar los crimenes cometidos contra miembros de la Comunidad de Paz de San Jose de Apartado, tanto para darles el tratamiento de conductas punibles individuales, o como delitos continuados, sistematicos o de lesa humanidad, y para asegurar el avance efectivo de tales procesos, reducir los riesgos de revictimizacion, asegurar el debido proceso y garantizar la seguridad de testigos e intervinientes en el proceso penal, asi como la valoracion que haga la propia Fiscalia de las razones que han impedido el avance efectivo de dichos procesos.
- d) La revision de los mecanismos de seguimiento y acompanamiento adelantados por la Defensoria del Pueblo en cumplimiento de su mision constitucional y de conformidad con lo ordenado en la sentencia T-1025 de 2007, y la valoracion de los obstaculos que han impedido que tales medidas sean efectivas.
- Tercero. Dado que la Sala de Audiencias 1 del Consejo Superior de la Judicatura tiene un cupo maximo para 40 personas, solo podran ingresar a la Sala quienes han sido convocados formalmente mediante el presente Auto y un numero maximo de 2 acompanantes adicionales por cada entidad estatal convocada, a saber: 2 acompanantes adicionales para el delegado del Presidente de la Republica, 2 acompanantes adicionales para el Ministerio del Interior, 2 acompanantes adicionales para el Ministro de Justicia y del Derecho, 2 acompanantes adicionales para el Ministerio de la Defensa Nacional y el Comandante de la Brigada XVII en conjunto -dado que hacen parte del mismo Ministerio, 2 acompanantes adicionales para la Fiscalia General de la Nacion y 2 acompanantes adicionales para la Defensoria del Pueblo. En el caso de la Comunidad de Paz de San Jose de Apartado, ademas del vocero oficial de la misma, podra asistir un numero maximo de 5 miembros de la Comunidad. Con el fin de asegurar el desarrollo de dicha sesion con las mayores garantias de seguridad y transparencia, solo quienes hayan sido inscritos por su respectiva entidad ante la Secretaria General de la Corte Constitucional, a mas tardar el dia 16 de marzo de 2012, podran ingresar a la Sala.
- Cuarto. La intervencion de cada uno de los participantes se hara de conformidad con la siguiente agenda:
- AGENDA
- 2:00 a 2:20 PM
- Ingreso de los asistentes a la Sala de Audiencias
- 2:20 a 2:30 PM
- Apertura de la audiencia ante la Sala Primera de Revision por parte de la Magistrada Maria Victoria Calle Correa
- 2:30 A 2:50 PM
- Intervencion del vocero del senor Presidente de la Republica
- 2:50 A 3:00 PM
- Observaciones del vocero de la Comunidad de Paz
- 3:00 A 3:20 PM
- Intervencion del Ministro del Interior
- 3:20 A 3:30 PM
- Observaciones del vocero de la Comunidad de Paz
- 3:30 A 3:50 PM
- Intervencion del Ministro de Justicia y del Derecho
- 3:50 A 4:00 PM
- Observaciones del vocero de la Comunidad de Paz
- 4:00 A 4:20 PM
- Intervencion del Ministro de Defensa
- 4:20 A 4:30 PM
- Observaciones del vocero de la Comunidad de Paz
- 4:30 A 4:50 PM
- Intervencion del Comandante de la Brigada XVII
- 4:50 A 5:00 PM
- Observaciones del vocero de la Comunidad de Paz
- 5:00 A 5:20 PM
- Intervencion de la Fiscal General de la Nacion
- 5:20 A 5:30 PM
- Observaciones del vocero de la Comunidad de Paz
- 5:30 A 5:50 PM
- Intervencion del Defensor del Pueblo
- 5:50 A 6:00 PM
- Observaciones del vocero de la Comunidad de Paz
- 6:00 A 6:10 PM
- RECESO
- 6:10 A 6:25 PM
- Propuesta gubernamental (Presidencia de la Republica, Mininterior, Minjusticia, Mindefensa y Comandante de la Brigada XVII) para superar los obstaculos identificados
- 6:25 A 6:40 PM
- Propuesta Fiscalia para superar los obstaculos identificados
- 6:40 A 6:55 PM
- Propuesta Defensoria para superar los obstaculos identificados
- 6:55 A 7:10 PM
- Propuesta de la Comunidad de Paz para superar los obstaculos identificados
- 7:10 A 7:20 PM
- Cierre de la sesion especial
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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