A- de 1998
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Fabio Morón Díaz
✓Claimant Caja De Prevision Social De Comunicaciones E.P.S Caprecom·Respondent Tribunal Administrativo Del Cesar
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Notificación de decisiones judiciales
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Se ordenó al Tribunal de la referencia poner en conocimiento a un tercero con interés legítimo dentro del proceso por no haberse notificado la iniciación de la presente acción de tutela.
Por lo anterior, la Corte argumentó que no pueden desconocerse los derechos de quienes, a pesar de no ser demandante o demandado, fueron parte en la relación jurídica que se controvierte por vía de tutela, en razón a que se ven cobijados de una u otra manera por el fallo que se profiera.
La notificación de los terceros no puede entenderse como un simple requisito de carácter procedimental, toda vez que su incumplimiento, conlleva la vulneración de derechos consagrados constitucionalmente.
Así, la omisión en la que incurre el juez de tutela al no poner en conocimiento a un tercero del proceso, en virtud del cual ve afectados de una manera u otra sus derechos, constituye una nulidad saneable, que evidencian la vulneración del debido proceso y derecho de defensa.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- Primero. Poner en conocimiento de Droguerias Hospitalaria y/o Jorge Eliecer Torres, por intermedio del Tribunal Administrativo del Cesar, la nulidad saneable derivada de no haberse notificado la iniciacion de la presente accion de tutela, advirtiendoles que si la alegan dentro de los tres (3) dias siguientes a la notificacion de este auto, se declarara la nulidad de lo actuado a partir del auto admisorio y se tramitara nuevamente la tutela, con plena observancia de las garantias propias del debido proceso ; si no la alegan, esta quedara saneada y el proceso continuara su curso.
- Segundo. Cumplida la actuacion anterior, enviese el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revision.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.