A- de 1996
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice José Gregorio Hernández Galindo
✓Claimant Anaya Aroca Jose
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Incompetencia para vigilar cumplimiento fallo de tutela
- Sanción drástica
- Naturaleza
- Función de vigilancia para cumplimiento
- Cumplimiento inmediato
- Responsabilidad por incumplimiento
- Cumplimiento inmediato
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Se rechazaron por improcedentes las peticiones formuladas por los accionantes en los asuntos de la referencia, toda vez a la Corte Constitucional, no le corresponde la función de vigilar con posterioridad al momento del fallo, si éste es acatado por los obligados.
La función de la Corte culmina con la providencia que pone fin al proceso de revisión.
Sin embargo, explicó que es el juez de primera instancia quien debe adoptar las medidas de control e imponer las sanciones pertinentes hasta que esté completamente restablecido el derecho.
En consecuencia, se enviaron las solicitudes a los despachos competentes para que velen por el acatamiento de lo ordenado en las sentencias proferidas por la Corporación.
Adicionalmente, se ofició al Consejo Superior de la Judicatura, al Procurador General y a la Fiscalía General de la Nación para lo de su competencia.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- Primero. RECHAZAR por improcedentes las peticiones formuladas por MARTHA ARIZA BOLANO y MANUEL AMARIS LUQUETTA en los asuntos de la referencia.
- Segundo. ENVIENSE las correspondientes solicitudes y los documentos anexos a los juzgados
- Septimo. Penal Municipal de Barranquilla y
- Septimo. Penal Municipal de Barrancabermeja, respectivamente, para que, de conformidad con lo establecido en el Decreto 2591 de 1991, cumplan con su funcion de velar por el acatamiento de lo ordenado en las sentencias proferidas por la Sala Quinta de Revision de la Corte Constitucional.
- Tercero. OFICIESE al Consejo Superior de la Judicatura y al Procurador General de la Nacion, anexando copias de las solicitudes y de los documentos que las acompanan, para lo de su competencia.
- Cuarto. OFICIESE a la Fiscalia General de la Nacion, anexando copias de las solicitudes y de los documentos que las acompanan para que investigue, si hay lugar, acerca de los posibles delitos de fraude a resolucion judicial y prevaricato por omision, previstos en el articulo 53 del Decreto 2591 de 1991.
- Comuniquese, cumplase e
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.