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decreto 137 de 1914

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Article 1Organizase Una Comisión Técnica, Compuesta De Cuatro Ingenieros, Uno De Los Cuales Será Jefe, Para Practicar Los Estudios De Exploración Y Trazado Preliminar De La Vía Que Haya De Adoptarse Para La Construcción Del Ferrocarril Del Pacífico, En La Sección Comprendida De Girardot A Palmira, Bien Sea Por La Depresión De Calarcá O Por El Valle De Las Hermosas, O Por Otra Que Se Indique Como Más Conveniente Al Hacer Los Estudios Antedichos

º. Organizase una Comisión técnica, compuesta de cuatro Ingenieros, uno de los cuales será Jefe, para practicar los estudios de exploración y trazado preliminar de la vía que haya de adoptarse para la construcción del Ferrocarril del Pacífico, en la sección comprendida de Girardot a Palmira, bien sea por la depresión de Calarcá o por el Valle de las Hermosas, o por otra que se indique como más conveniente al hacer los estudios antedichos.

Article 2Tan Luego Como Esa Comisión Técnica Termine Y Presente Al Ministerio De Obras Públicas Los Estudios Que Permitan Determinar Y Adoptar La Ruta Más Conveniente Entre Las Varias Exploradas, Por Sus Condiciones De Practicabilidad, Económica E Importancia Comercial, Precederá A Ejecutar Por Esa Ruta El Trazado Definitivo De Dicha Sección Del Ferrocarril, Y Elaborará Y Presentará Al Mismo Ministerio Los Planos, Perfiles, Presupuestos Y Memoria Descriptiva Correspondiente, Para Someterlos A La Revisión De La Sociedad Colombiana De Ingenieros, Antes De Que Sean Aprobados Por El Gobierno

º. Tan luego como esa Comisión técnica termine y presente al Ministerio de obras públicas los estudios que permitan determinar y adoptar la ruta más conveniente entre las varias exploradas, por sus condiciones de practicabilidad, económica e importancia comercial, precederá a ejecutar por esa ruta el trazado definitivo de dicha sección del ferrocarril, y elaborará y presentará al mismo Ministerio los planos, perfiles, presupuestos y memoria descriptiva correspondiente, para someterlos a la revisión de la Sociedad Colombiana de Ingenieros, antes de que sean aprobados por el Gobierno.

Article 3Designase Para Formar La Comisión Los Ingenieros Señores, Aquilino Aparicio, Héctor Acebedo, Joaquín Andrade, Julio Fajardo Y Joaquín Buenaventura

º. Designase para formar la Comisión los Ingenieros señores, Aquilino Aparicio, Héctor acebedo, Joaquín Andrade, Julio Fajardo y Joaquín Buenaventura. El primero de los nombrados será Jefe, y los demás, por su orden, segundo, tercero ayudantes, y tendrán las siguientes asignaciones mensuales: El Jefe, $ 400; el segundo, $ 250; el tercero, $150, y los ayudantes $ 100 cada uno.

Article 4Por El Ministerio De Obras Públicas Se Proveerá A La Comisión De Los Instrumentos, Útiles, Herramientas, Elementos Y Peones Necesarios, Cubriéndose Todos Los Gastos Que Se Causen Con Imputación A La Partida Apropiada En El Presupuesto Vigente, Para Ejecutar Los Estudios Que Se Ordenan

º. Por el Ministerio de Obras Públicas se proveerá a la Comisión de los instrumentos, útiles, herramientas, elementos y peones necesarios, cubriéndose todos los gastos que se causen con imputación a la partida apropiada en el presupuesto vigente, para ejecutar los estudios que se ordenan. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas