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DecretoIn force

Decreto 1296 de 1976

Por el cual se establece la Planta de Personal de la Dirección General de Servicios Administrativos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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1Las Funciones Propias De La Dirección General De Servicios Administrativos Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Serán Cumplidas Por La Planta De Personal Que A Continuación Se Establece: Números De Cargos Denominación Del Empleo Clase Grado Sueldo Básico2La Autoridad Nominadora Procederá Conforme A Las Disposiciones Legales Vigentes, A Designar El Personal Que Deba Ocupar Los Cargos Que Se Establecen En El Presente Decreto3Los Actuales Empleados De La Dirección General De Servicios Administrativo Que Fueren Incorporados En Cargos Con Remuneración Inferior A La Que Estén Devengando En El Momento De La-Incorporación, Continuarán Con La Que Vienen Percibiendo Hasta Que Se Retiren Del Servicio U Obtengan Una Remuneración Superior4Los Actuales Empleados De La Dirección General De Servicios Administrativos Para Ser Incorporados A Cargos De Series Diferentes A Las Que Venían Desempeñando, Deberán Reunir Los Requisitos Mínimos Señalados Para El Nuevo Cargo En El Manual De Funciones5En Los Casos En Los Cuales Se Trasladen Funcionarios Entre Las Diferentes Direcciones Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Se Entenderá Para Todos Los Efectos Legales Y Fiscales Que El Servicio Se Ha Prestado Sin Solución De Continuidad Y Los Salarios Seguirán Siendo Pagados Por La Dirección General A La Cual Pertenecían Inicialmente Los Mencionados Funcionarios, Hasta Tanto Se Incluyan En Una Planta Nueva6Los Funcionarios De La Dirección General De Servicios Administrativos Seguirán Desempeñando Las Funciones De Sus Respectivos Cargos Hasta, Tanto Se Incorporen En La Nueva Planta De Personal7El Presente Decreto Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1° De Marzo De 19768El Presente Decreto Rige A Partir De Su Fecha De Expedición Y Deroga El Artículo 1° Del Decreto 2458 Del 30 De Noviembre De 1973, En Lo Relacionado Con La Planta De Personal De La Dirección General De Servicios Administrativos A Excepción De Los Cargos De La División De Procesamiento Automático De Datos
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