DecretoRepealed
Decreto 1258 de 1998
por el cual se introducen restricciones a la modificación de plantas de personal en la Rama Ejecutiva del Poder Público en el orden nacional y se dictan otras disposiciones.
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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01
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02
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1A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto Los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Establecimientos Públicos Y Unidades Administrativas Especiales, Del Orden Nacional, Se Abstendrán De Iniciar O Adelantar Trámites Tendientes A La Modificación De Sus Plantas De Personal2Durante Su Vigencia Prohíbese A Los Órganos Señalados En El Artículo 1° De Este Decreto, La Provisión Temporal O Definitiva De Cargos En Sus Plantas De Personal Y La Realización De Nuevas Contrataciones Por Servicios Técnicos O Profesionales3En Cuanto Corresponde A Vinculación De Personal, Exceptúanse De La Prohibición Antes Establecida, Las Siguientes Situaciones: 14La Prohibición Establecida En Este Decreto No Cobija A Quienes Hayan Sido Nombrados Para Ocupar Un Empleo Con Anterioridad A Su Expedición, Y Se Encuentren Dentro De Los Términos Legales Para Tomar Posesión, Ni Las Vinculaciones De Personal Como Resultado De Las Modificaciones De Plantas De Personal Perfeccionadas5El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga El Decreto 167 De 1998 Y Demás Normas Que Le Sean Contrarias
03
Signatories
National Government
- Ernesto Samper PizanoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 189 de la Constitución Política
- Antonio J. UrdinolaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Pablo Ariel Olarte CasallasEl Director del Departamento Administrativo de la Función Pública