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decreto 327 de 1930

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones constitucionales

Article 1La Corte Plena En Lo Civil Se Compone De Nueve Magistrados, A Saber: Los Seis Que Forman La Sala De Casación Civil Y Los Tres Que Integran La De Negocios Generales

º. La Corte Plena en lo Civil se compone de nueve Magistrados, a saber: los seis que forman la Sala de Casación Civil y los tres que integran la de Negocios Generales.

Article 2Los Negocios De Que Trata El Numeral 8° Del Artículo 40 Del Código Judicial, Que Estén Pendientes O Que En Lo Sucesivo Se Promuevan, Se Repartirán Entre Todos Los Magistrados De La Corte Plena En Lo Civil, Y El Magistrado A Quien Se Reparta El Negocio Será El Sustanciador En Él Y Tendrá Las Atribuciones Que Como A Tal Corresponden Según La Ley

º. Los negocios de que trata el numeral 8° del artículo 40 del Código Judicial, que estén pendientes o que en lo sucesivo se promuevan, se repartirán entre todos los Magistrados de la Corte Plena en lo Civil, y el Magistrado a quien se reparta el negocio será el sustanciador en él y tendrá las atribuciones que como a tal corresponden según la ley.

Article 3Los Negocios A Que Se Refiere El Artículo 2º De La Ley 25 De 1929, Cuyo Conocimiento Por Mandato Constitucional Corresponde A La Corte Plena, Se Repartirán En Ella Entre Todos Los Magistrados Que La Componen, Tanto Los Que Estaban En Curso Cuando Entró A Regir La Expresada Ley Como Los Presentados O Que Se Presenten Después

º. Los negocios a que se refiere el artículo 2º de la Ley 25 de 1929, cuyo conocimiento por mandato constitucional corresponde a la Corte Plena, se repartirán en ella entre todos los Magistrados que la componen, tanto los que estaban en curso cuando entró a regir la expresada Ley como los presentados o que se presenten después. El sustanciador dictará los autos de sustanciación y las sentencias interlocutorias y presentará proyecto de sentencia definitiva. Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno