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decreto 645 de 1953

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional

Article 1Créase Un Comité Integrado Por El Ministro De Hacienda Y Crédito Público, El Gerente De La Federación Nacional De Cafeteros Y El Jefe De La Oficina De Registro De Cambios, Con Las Siguientes Atribuciones: 1° Fijar Los Precios Mínimos Dé Reintegro Para Las Exportaciones De Café, En Monedas Aceptables Por El Banco De La República; 2ª Señalar Los Plazos Para La Validez De Los Registros De Los De Contratos De Venta De Café; Y De Los Permisos Para Su Explotación

° Créase un Comité integrado por el Ministro de Hacienda y Crédito Público, el Gerente de la Federación Nacional de Cafeteros y el Jefe de la Oficina de Registro de Cambios, con las siguientes atribuciones: 1° Fijar los precios mínimos dé reintegro para las exportaciones de café, en monedas aceptables por el Banco de la República; 2ª Señalar los plazos para la validez de los registros de los de contratos de venta de café; y de los permisos para su explotación.

Article 2Las Determinaciones Que Tome El Comité De -Acuerdo Con Las Atribuciones Que Se Le Confieren En Este Decreto, Serán Fijadas Por Medio De Resoluciones

° Las determinaciones que tome el Comité de -acuerdo con las atribuciones que se le confieren en este Decreto, serán fijadas por medio de resoluciones.

Article 3El Presente Decreto Rige Desde La Fecha Y Suspende Todas Las Disposiciones Legales O Reglamentarias Que Sean Contrarias Comuníquese Y Publíquese

° El presente Decreto rige desde la fecha y suspende todas las disposiciones legales o reglamentarias que sean contrarias Comuníquese y publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Guerra
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Higiene
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Correos y Telégrafos
El Ministro de Obras Públicas