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decreto 739 de 1910

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The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

El Presidente de la Republica de Colombia

en uso de sus facultades legales y en cumplimiento de lo ordenado por el artículo 2.° de la ley número 8 de 1910

Article 1

Artículo único adicionase el presupuesto nacional de Rentas para el año económico de 1910 con la cantidad de diez y seis mil pesos ($ 16,000), valor del producto probable de las rentas de licores, Degüello y registro en el territorio de la intendencia nacional del meta en el segundo semestre del presente año, así: 25. rentas de la intendencia nacional del Meta $ 16,000

Parágrafo

Las oficinas recaudadoras y la dirección de la contabilidad general de la republica describirán en sus libros las operaciones a que da lugar el presente decreto. Publíquese.

Signatories

REPUBLIC OF COLOMBIA — NATIONAL GOVERNMENT
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda encargado del Despacho del Tesoro